Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2019 (10/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de mayo de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO
Ordenanza que aprueba el "Establecimiento de Nuevas Zonas Rígidas, Parqueo Municipal y Cambio de Sentido de Vías"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2019-MPMN Moquegua, 17 de abril del 2019 EL ALCALDE PROVINCIAL DE "MARISCAL NIETO" VISTO, en Sesión Ordinaria del 15-04-2019, el Dictamen Nº004-2019- COACI/MPMN de Registro Nº 1914593 de fecha 15-04-2019, sobre Propuesta de "Establecimiento de Nuevas Zonas Rígidas, Parqueo Municipal y Cambio de Sentido de Vías"; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidad son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 del 26-05-2003. Que, en el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Consejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdo y en el inciso 1, numeral 1.4º del art. 81º, de la misma ley indica que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las funciones de normar y regular el transporte público, entre otros; Que, el numeral 2, y 5, del artículo 66º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, aprobado por la Ordenanza Nº017-2007-MUNIMOQ, dispone que son funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial: "de ejecutar las disposiciones legales y municipales relativas al tránsito viabilidad y transporte publico proponer directivas y/o reglamentos que permitan mejorar su gestión planificar, regular y gestionar el transito urbano de peatones y vehículos"; igualmente el articulo 81º numeral 1.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, indica que las municipalidades en materia de tránsito, viabilidad y transporte publico ejercen funciones de normar el transporte público entre otros, concordante con el Artículo 17º numeral 17.1 literal a) Ley 27181, señala que las municipalidades provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales dentro de su ámbito territorial e igualmente aplicable los artículos 5º, 121º y 239º, del D.S. Nº016-2009-MTC, expresa "Las municipalidades provinciales son autoridades competentes en materia de transito terrestre para emitir normas para regular el tránsito de vehículos prohibir estacionamientos de vehículos en determinadas vías públicas preferencia al transporte publico de pasajeros en el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante Informe Nº236-2019-AL.GDUAAT/ GM/MPMN, el Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano, Ambiental y Acondicionamiento Territorial, en forma concluyente determina la viabilidad de la ordenanza para que sea aprobado por el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto y mediante Informe Nº245-2019-GAJ/GM/MPMN, de fecha 12 de abril del 2019, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, opina que es FAVORABLE la aprobación del proyecto de la ordenanza denominada "ESTABLECIMIENTO DE NUEVAS ZONSA RIGIDAS, PARQUEO MUNICIPAL Y CAMBIO DE SENTIDO DE VIAS"; POR CUANTO: El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto" en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de

la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 de fecha 2605-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, ha aprobado en "Sesión Ordinaria" de fecha 15-04-2019, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "ESTABLECIMIENTO DE NUEVAS ZONAS RIGIDAS, PARQUEO MUNICIPAL Y CAMBIO DE SENTIDO DE VIAS" Artículo Primero.- Establecer, las Zonas de Servicio Municipal de Estacionamiento Vehicular (Parqueo), en el horario de 07:00 a 22:30 horas, de lunes a Domingo, cuyas vías Habilitadas se detallan a continuación ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Nº VIA 1 2 3 Calle Moquegua Av. Balta CUADRA 1ra a 2da. Cuadra - Frente Norte 5ta Cuadra frente sur Junín ,Lambayeque Perímetro Plaza Andrés Avelino. Cáceres

Artículo Segundo.- Establecer la siguiente zona rígida, en las que se encuentra prohibido el Estacionamiento de vehículos entre las 00 horas y las 24 horas del día.
ZONAS RIGIDAS Nº VIA 1 2 3 4 Calle Tacna Calle Ancash Calle Moquegua Calle Ayacucho CUADRA 3ra Cuadra 3ra Cuadra 1ra a 4ta Cuadra 5ta Cuadra

Artículo Tercero.- Establecer las siguientes zonas rígidas, en las que se encuentra prohibido el Estacionamiento de vehículos entre las 6.00 y 22.00 horas.
ZONAS RIGIDAS N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 VIA Avenida Balta Av. La Paz Calle Miguel Grau Calle Libertad Calle Moquegua Calle Ayacucho Calle Andrés A. Cáceres Calle Bolognesi Calle Torata CUADRA 1ra a 4ta cuadra 3ra a 5ta cuadra 1ra a 5taº cuadra 1ra a 2da cuadra y Prolongación hacia el Mercado central 3ra a séptima cuadra Frente a co-catedral Cuadras 2 y 3 2da cuadra 1ra Cuadra

Artículo Cuarto.- Modificar el sentido de Circulación de las Calles siguientes: - La calle Tacna: Su sentido de circulación vehicular será de norte a sur en toda su extensión. - La Calle Callao: En toda su extensión, su sentido de circulación vehicular será de sur a norte. - La Calle Lambayeque: En la cuadra 1, se tendrá un solo sentido de circulación vehicular de Norte a sur. - La Calle Cuzco: En la cuadra 1, se tendrá un solo sentido de circulación vehicular Este Oeste. Artículo Quinto.- El conductor antes que retire su vehículo de las zonas de estacionamiento vehicular, deberá efectuar el pago de Un Sol (S/. 1.00) por hora o

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