Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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El Peruano / Sábado 11 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); dicha entidad es un organismo público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores, además de fomentar en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM; la mencionada entidad tiene entre sus funciones el defender la libre y leal competencia, sancionando las conductas anticompetitivas y desleales, procurando que en los mercados exista una competencia efectiva, así como corrigiendo las distorsiones en el mercado provocadas por el daño derivado de las prácticas de dumping y subsidios; y, de igual forma, tiene como función proteger los derechos de los consumidores, vigilando que la información en los mercados sea correcta, asegurando la idoneidad de los bienes y servicios en función de la información brindada y evitando la discriminación en las relaciones de consumo; Que, la Red Internacional de Competencia (ICN por sus siglas en inglés), es una red de agencias de competencia de 92 jurisdicciones cuyo objetivo principal es la promoción de buenas prácticas de la competencia en beneficio de los consumidores y las empresas, por lo que, en virtud a ello, emite recomendaciones prácticas en áreas como el control de fusiones, carteles, conductas unilaterales, abogacía de la competencia, entre otros temas; Que, mediante comunicación de fecha 26 de marzo de 2019, el Superintendente Adjunto de Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) del Gobierno de Colombia, curso invitación al INDECOPI, para participar en la Conferencia Anual 2019 de la International Competition Network (ICN), que se llevará a cabo del 13 al 17 de mayo de 2019, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, evento en el que se tratarán diversos temas vinculados a políticas de competencia, que serán expuestos por representantes líderes de diversas agencias de competencia de diferentes países del mundo; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Decreto Legislativo N°1033 y el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INDECOPI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, la Gerencia General es el órgano de mayor nivel jerárquico administrativo de la entidad y está a cargo del Gerente General, precisando en el literal a) del referido artículo 14 que entre las principales funciones de la Gerencia General se encuentra la de dirigir, coordinar, supervisar y controlar las acciones de administración interna de los diferentes órganos de la entidad , por lo que corresponde a la Gerencia General prestar apoyo a los distintos órganos para el adecuado ejercicio de las funciones que le han sido legalmente encomendadas al INDECOPI; Que, en ese contexto, resulta pertinente autorizar el viaje del Gerente General del INDECOPI, señor Francisco Javier Coronado Saleh para participar en la Conferencia Anual de la ICN 2019, dado que es quien lidera los esfuerzos para lograr el cumplimiento de los objetivos institucionales y contribuir así con el posicionamiento del INDECOPI frente a otras instituciones y organizaciones internacionales en materia de política de competencia; además, su participación en el mencionado evento constituye una excelente oportunidad para dar a conocer el trabajo técnico y las gestiones que realiza la entidad con el objetivo de cumplir con la Política Nacional de Competencia; Que, adicionalmente, en el marco de la Conferencia Anual de la International Competition Network (ICN), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) ha organizado un evento paralelo, sobre el Programa COMPAL, a realizarse el día 16 de mayo, en el que se abordaran las actividades que se están implementando y se dará a conocer una nueva actividad para este año, en colaboración con la

Universidad de Zurich (ZHAW), para promover programas de cumplimiento (Compliance) desde una perspectiva regional; evento en el cual el señor Coronado Saleh participará como expositor, dando a conocer la posición del INDECOPI en torno a COMPAL y a los programas de conformidad o compliance; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Francisco Javier Coronado Saleh, Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 15 al 18 de mayo de 2019, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial por concepto de pasaje aéreo y viáticos será cubierto por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aéreo - Viáticos US $ 370 x 3 (1+2) US $ US $ 1 100,00 1 110,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1768380-2

Designan representantes de la PCM ante la Comisión Multisectorial Permanente para coadyuvar con la implementación y puesta en funcionamiento de la Ventanilla Única de Turismo - VUT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 156-2019-PCM Lima, 9 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 042-2016PCM se crea la Comisión Multisectorial Permanente para coadyuvar con la implementación y puesta en funcionamiento de la Ventanilla Única de Turismo VUT, dependiente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

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