Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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VISTOS:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Sábado 11 de mayo de 2019 /

El Peruano

El Contrato de Préstamo Nº 4457/OC-PE, celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, referido al Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria ­ Fase II; La Resolución Jefatural Nº 0167-2018-MINAGRI-SENASA, y la Resolución Jefatural Nº 033-2019-MINAGRI-SENASA, y; CONSIDERANDO: Que, el SENASA es un Organismo Público Técnico Especializado que cuenta con personería jurídica de Derecho Público y constituye pliego presupuestal. Tiene autonomía técnica, administrativa, económica y financiera. Para la gestión de los fondos públicos que le son asignados cuenta con dos Unidades Ejecutoras: "i) 001-157 Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; y, ii) 002-720 Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria ­ PRODESA"; Que, con fecha 1º de octubre de 2018 se aprobó el Contrato de Préstamo N.º 4457/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, para la ejecución del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria ­ Fase II (PEL1229); Que, el Contrato de Préstamo N.º 4457/OC-PE, en aras del desarrollo y consecución de los objetivos previstos por el programa al que se circunscribe, prevé una serie de estipulaciones que demandan la correcta implementación de medidas a nivel formal y material al interior del SENASA y que constituyen las condiciones previas para la ejecución del citado contrato; Que, según lo contenido en la Resolución Jefatural Nº 167-2018-MINAGRI-SENASA se encargó al Abg. Edwin Ricardo Alamo Toledo la Jefatura de la Unidad de Ejecucion del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria ­ PRODESA , por un periodo de seis meses (06) con retención de su plaza; Que, habiendo concluido la encargatura antes mencionada, corresponde al titular de la entidad, designar al responsable de la Unidad de Ejecucion del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria ­ PRODESA; Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en su condición de organismo ejecutor suscrito a los contratos de préstamo que sean celebrados en el marco de la Línea de Crédito Condicional CLIPP "Programa de Inversión de Largo Plazo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria", tiene como atribución propiciar y viabilizar el cumplimiento de todas aquellas condiciones estipuladas en los contratos de préstamo que sean celebrados entre el Banco Interamericano de Desarrollo y la República del Perú; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 033-2019MINAGRI-SENASA de fecha 18 de marzo del 2019, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria ­ Fase II, el cual regula que la Unidad de Gestion del Programa,depende directamente de la Jefatura Nacional del SENASA y en el 3.2.4.10 precisa que el Jefe del SENASA podrá encargar de forma interina la jefatura de la Unidad de Gestión del Programa (UGP) a un servidor de SENASA; Que, ante el cumplimiento a las condiciones previas al primer desembolso del Contrato de Préstamo N.º 4457/ OC-PE ( Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria- Fase II), con fecha 01 de abril del 2019, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, ha otorgado la elegibilidad a las operaciones en referencia; Que, el literal k) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, establece que el Jefe Nacional del SENASA es la máxima autoridad, quien ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, que tiene como función y atribución emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo N.º 008-2005-AG; y con los visados de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Artículo 1º.- Encargar al Econ. Rodrigo Fabian Sarmiento Llamosas, en adición a sus funciones la Jefatura de la Unidad de Ejecución del Programa "Desarrollo de la Sanidad Agraria e Inocuidad Agroalimentaria Fase II" ­ PRODESA, hasta la designación del titular de la Unidad Ejecutora. Artículo 2º.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1768369-1

Designan Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la Unidad Ejecutora 002 Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 091-2019-ANA Lima, 10 de mayo de 2019 VISTOS: El Memorando N° 299-2019-ANA-GG de fecha 29 de abril de 2019, emitido por la Gerencia General y el Informe Legal N° 352-2019-ANA-OAJ de fecha 30 de abril de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 3º y 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, se establece que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, a través del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 009-2018-ANA de fecha 08 de enero de 2018, se designó al Director de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos como Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la Autoridad Nacional del Agua; Que, mediante el Informe N° 066-2019-ANADSNIRH, la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, recomienda designar a un Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia de la Unidad Ejecutora 002 Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos, en virtud a lo señalado por la Secretaría del Gobierno Digital a través del correo electrónico de fecha 15 de abril del presente año, en el cual se señala que vista la necesidad para efectos del registro de los usuarios se debe enviar la resolución correspondiente que designe al Responsable de Trasparencia para la Unidad Ejecutora 002; Que, asimismo con Memorando N° 299-2019-ANAGG, el Gerente General de esta Autoridad recomienda proyectar la resolución jefatural de nombramiento al Ing.

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