TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Viernes 17 de mayo de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (en adelante OTASS) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional, la cual desarrolla en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el artículo 84 del Decreto Legislativo N° 1280, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (en adelante ROF) del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA, establecen que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que constituye la más alta autoridad ejecutiva de la entidad y titular del pliego presupuestal, además de tener a su cargo las funciones de ejecución, coordinación y representación del OTASS; Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de sus competencias conferidas, entre otro, de un órgano a otro dentro de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el numeral 85.1 del artículo 85 del referido cuerpo normativo establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la referida Ley; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado - Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, disponen los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones, precisando en el numeral 8.2 del artículo 8 del referido TUO de la Ley que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, el artículo 21 del ROF del OTASS señala que la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo responsable de conducir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, Gestión de Recursos Humanos, así como de la gestión patrimonial y de la provisión de servicios de soporte de tecnología de la información; Que, con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión de los recursos asignados, en materia administrativa, presupuestal y de gestión, que permitan al OTASS cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1280 y sus respectivos instrumentos de gestión institucional, es necesario delegar determinadas facultades asignadas al Titular del Pliego hasta la culminación del Año Fiscal 2019; Que, con fecha 11 de enero de 2019 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Directoral N° 003-2019-OTASS/DE, a través de la cual se delegan facultades a diversos funcionarios del OTASS durante el ejercicio presupuestal 2019. Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de acuerdo a las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado con Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades a la O fi cina de Administración Delegar en la Jefatura de la O fi cina de Administración del OTASS, las siguientes facultades para el ejercicio presupuestal 2019: 1.1. En materia de contrataciones del Estado:a) Resolver y comunicar al contratista la decisión sobre la solicitud de ampliación del plazo contractual, la cual debe adoptarse siguiendo lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF; previo Informe Técnico del área usuaria. b) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, considerando criterios de costo bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos del proceso arbitral, la expectativa de éxito de seguir el arbitraje y la conveniencia de resolver la controversia a través de la conciliación, de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF; previo Informe Técnico de la Unidad Orgánica competente e Informe Legal de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales La desconcentración de competencias y delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución, comprende atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos en cada caso. Artículo 3.- Obligación de informar La Jefatura de la O fi cina de Administración del OTASS deberá informar semestralmente sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Dicha información deberá ser remitida a la Gerencia General, a fi n que sea consolidada y alcanzada al Despacho del Director Ejecutivo dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Artículo 4.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución a la O fi cina de Administración del OTASS. Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y en el portal institucional (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo 1769791-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aceptan renuncia, dejan sin efecto designaciones y encargo y designan y encargan en cargos de confianza de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 103-2019/SUNAT ACEPTA RENUNCIA, DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y ENCARGO Y DESIGNA Y ENCARGA EN CARGOS DE CONFIANZA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Lima, 16 de mayo de 2019