Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2019 (17/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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y Asunto de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ha solicitado al Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, se considere de acuerdo a la oferta educativa de esa Prefectura Naval para el año 2019, las vacantes respectivas en los cursos de interés para el personal naval de la especialidad Guardacostas, contemplando entre otros, el Curso Inspector de Buques por el Estado de Abanderamiento, Especialidad Seguridad de Radio; Que, con Carta Nº 294/18 de fecha 18 de diciembre del 2018, el Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina hace de conocimiento al Director de Asuntos Internacionales y Asunto de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, que se ha accedido al otorgamiento de una (1) vacante para el referido curso, el mismo que se realizará en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 1 al 11 de junio del 2019; Que, asimismo, con Carta Nº 21/19 de fecha 14 de marzo del 2019, el Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina informa al Director de Asuntos Internacionales y Asunto de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, la modificación de fecha del referido curso, considerándose a partir del 20 al 31 de mayo del 2019; Que, por Oficio N.1000-0560 de fecha 6 de mayo del 2019, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Fragata Henyer Aristóteles DÍAZ Romero, para que participe en el mencionado curso; lo que permitirá capacitar al personal de Oficiales de la organización de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en instituciones extranjeras, incrementando el nivel de perfeccionamiento sobre los conocimientos en torno a la gestión operacional, técnico-profesional y la aplicabilidad de las normas reglamentarias en cuestión a las funciones de la Autoridad Marítima Nacional; Que, de acuerdo con el Documento Nº 100-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata Henyer Aristóteles DÍAZ Romero, CIP. 00967233, DNI. 16712882, para que participe en el Curso Inspector de Buques por el Estado de Abanderamiento, Especialidad Seguridad de Radio, a

realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 20 al 31 de mayo del 2019; así como, autorizar su salida del país el 19 de mayo y su retorno el 1 de junio del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 1,103.91 US$. 1,103.91 Viáticos: US$. 370.00 x 12 días TOTAL A PAGAR: US$. 4,440.00 --------------------US$. 5,543.91

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1769920-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000097-2019-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 16 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe N° D000132-2019-MIDIS/PNAEQWURH de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su ámbito de cobertura; Que, los literales m) y t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PNAEQW establecen como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: m) Emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; y, t) Autorizar las acciones y contrataciones de personal,

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