Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2019 (17/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban como empresa calificada, a efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a GR PAINO S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Parque Eólico Huambos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2019-MEM/DM Lima, 16 de mayo de 2019 VISTOS: El Contrato de Inversión correspondiente al proyecto "Parque Eólico Huambos" celebrado entre GR PAINO S.A.C. con el Estado, y los Informes Nº 374-2018MEM/DGE-DCE y Nº 450-2018-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, Régimen Especial); Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece que mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen Especial; Que, con fecha 10 de setiembre de 2018, GR PAINO S.A.C. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de un Contrato de Inversión con la finalidad de acogerse al beneficio previsto en el Decreto Legislativo Nº 973; Que, con fecha 25 de marzo de 2019 GR PAINO S.A.C. celebra, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Parque Eólico Huambos" para efecto de acogerse al Régimen Especial; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 1142-2019EF/13.01, ingresado al Ministerio de Energía y Minas bajo el Registro Nº 2912856, remite el Informe Nº 060-2019EF/61.01 en el cual opina que procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por GR PAINO S.A.C. para el acogimiento al Régimen Especial, y adjuntan los Anexos que contienen los detalles de los bienes, servicios y contratos de construcción; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, a efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a GR PAINO S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Parque Eólico Huambos", de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado Peruano el 25 de marzo de 2019. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión

Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de GR PAINO S.A.C. asciende a la suma de US$ 26 286 114,00 (Veintiséis Millones Doscientos Ochenta y Seis Mil Ciento Catorce y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) años, un (01) mes y tres (03) días, contado a partir del 10 de setiembre de 2018. Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en sus Cláusulas Primera y Segunda y el inicio de las operaciones productivas está constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señala en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se consideran las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 10 de setiembre de 2018 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior. 4.2 La Lista de bienes, servicios y contratos de construcción se incluye como Anexo al Contrato de Inversión y puede ser modificada a solicitud de GR PAINO S.A.C. de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas
ANEXO I Nº CUODE 320 1 2 320 320 522 3 4 5 6 7 8 9 10 522 522 522 522 522 522 522 522 533 SUBPARTIDA ARANCELARIA LUBRICANTES 3403 19 00 00 3403 99 00 00 - - Las demás - - Las demás DESCRIPCIÓN ARANCEL

PRODUCTOS NO ALIMENTICIOS SEMIELABORADOS 4009 11 00 00 4009 12 00 00 4009 21 00 00 4009 22 00 00 4009 31 00 00 4009 32 00 00 4009 41 00 00 4009 42 00 00 - - Sin accesorios - - Con accesorios - - Sin accesorios - - Con accesorios - - Sin accesorios - - Con accesorios - - Sin accesorios - - Con accesorios

PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS

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