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9 NORMAS LEGALES Lunes 27 de mayo de 2019 El Peruano / suscrito entre el Ministerio de Educación y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Infraestructura Educativa, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1772885-1 Autorizan viaje de Especialistas de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2019-MINEDU Lima, 24 de mayo de 2019 Vistos, el Expediente Nº UMC2019-INT-0094302, el Informe N° 00560-2019-MINEDU/SG-OGA-OL de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración, el Informe N° 00072-2019-MINEDU/SG-OGCI de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Informe Nº 00017-2019-MINEDU/SPE-UMC de la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante cuatro Cartas de fecha 06 de mayo de 2019, el Coordinador General del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación – LLECE, cursa invitación a los señores LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS, YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON, SAMMY PERCY MERINO ROSARIO y CARLOS RUBENS LOPEZ PARI, Especialistas de la Ofi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, para participar en el “Taller de Levantamiento de Datos, Procedimientos y Codi fi cación de Preguntas Abiertas, ERCE 2019”, que se llevará a cabo del 03 al 05 de junio de 2019, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO han designado al LLECE como un mecanismo clave para el monitoreo y seguimiento del Marco de Acción de la Agenda de Educación 2030 – Agenda E2030 y del Objetivo de Desarrollo Sostenible N° 4 establecido en el marco de la citada Agenda, sobre Educación en la región; Que, el referido Taller tiene como objetivo fortalecer los conocimientos técnicos de la región en evaluaciones de gran escala, a medida que se desarrolla el Cuarto Estudio Regional Comparativo y Explicativo - ERCE-2019; así como, entregar y reforzar los lineamientos para la recolección de datos, protocolos y procedimientos a seguir en la aplicación del estudio, como profundizar en las herramientas para la captura, veri fi cación de datos, el uso del software respectivos y la codi fi cación de preguntas abiertas comprendidas dentro de la batería de pruebas de logro de aprendizaje; Que, mediante Informe Nº 00017-2019-MINEDU/ SPE-UMC la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes - UMC de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, sustenta y propone la participación de los señores LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS, YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON, SAMMY PERCY MERINO ROSARIO y CARLOS RUBENS LOPEZ PARI, Especialistas de la referida O fi cina, al citado Taller; Que, a través del Informe N° 00072-2019-MINEDU/ SG-OGCI, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales mani fi esta que resulta relevante la participación de los señores LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS, YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON, SAMMY PERCY MERINO ROSARIO y CARLOS RUBENS LOPEZ PARI, Especialistas de la UMC, toda vez que les permitirá asegurar que los procesos de levantamiento de datos, así como de codi fi cación de las respuestas en el país siga estrictos procedimientos de control de calidad que garanticen la validez y con fi abilidad de los resultados obtenidos por los estudiantes; Que, por lo expuesto y siendo de interés para el Ministerio, resulta necesario autorizar el viaje de los señores LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS, YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON, SAMMY PERCY MERINO ROSARIO y CARLOS RUBENS LOPEZ PARI, Especialistas de la UMC, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; los gastos que genere el viaje para asistir al referido Taller serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica Para Todos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año fi scal 2019 establece que durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, la Secretaría General, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General N° 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva N° 006-2017-MINEDU/SG, “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS, YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON, SAMMY PERCY MERINO ROSARIO y CARLOS RUBENS LOPEZ PARI, Especialistas de la Ofi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 02 al 06 de junio de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica Para Todos, de acuerdo al siguiente detalle: LUIS ANGEL MEJIA CAMPOS Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 817,53Viáticos : US$ 1 260,00(03 días de evento y 01 de Instalación – US$ 315,00 x día).