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10 NORMAS LEGALES Lunes 27 de mayo de 2019 / El Peruano YONI CRISTIAN ARAMBULO MOGOLLON Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 817,53Viáticos : US$ 1 260,00(03 días de evento y 01 de Instalación – US$ 315,00 x día). SAMMY PERCY MERINO ROSARIO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 817,53Viáticos : US$ 1 260,00(03 días de evento y 01 de Instalación – US$ 315,00 x día). CARLOS RUBENS LOPEZ PARI Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 817,53Viáticos : US$ 1 260,00(03 días de evento y 01 de Instalación – US$ 315,00 x día). Artículo 3.- Disponer que los servidores citados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultado del evento, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1772870-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos directamente recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2019-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2019VISTOS: El expediente I-8695-2019, el Informe N° 081-2019/MEM-OGPP/ODICR, de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional aprobado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 499-2019-MEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el inciso i) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y Minas – Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 14 de mayo de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Arequipa suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente y técnicamente al Gobierno Regional de Arequipa, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros energéticos; Que, mediante el Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir a favor del Gobierno Regional de Arequipa el monto ascendente a S/ 200 000,00 (Doscientos mil con 00/100 Soles) para ser destinado a la contratación de personal profesional especializado para que desarrolle competencias minero - energéticas, en el citado Gobierno Regional; Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2019-00398-001, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto certi fi có la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fi nes indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Arequipa; Que, en el Informe N° 081-2019/MEM-OGPP/ODICR, de fecha 16 de mayo de 2019, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional aprobado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para la transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Arequipa, en el marco del inciso i) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Arequipa por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Arequipa Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa, por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente para fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, de acuerdo con el siguiente detalle: Gastos Corrientes: 2.4. : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 100 000,00 TOTAL EGRESOS S/ 100 000,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará, según el siguiente detalle: A LA SECCIÓN SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)Pliego N° 443 Gobierno Regional de Arequipa S/ 100 000,00Unidad Ejecutora N° 001 Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF N° 00757 Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público – CUT RUC N° 20498390570