Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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b) Para cada tipo de dispositivos: - Desplazamiento máximo. - Rigidez y amortiguamiento efectivos nominales. - Rango para rigidez y amortiguamiento efectivos. - Carga axial última para el desplazamiento total. - Factores de seguridad requeridos. - Factores extremos modificatorios de las propiedades según el Anexo I. 7.2. Las propiedades de los componentes y del sistema de aislamiento sísmico provistos para la obra deben ser verificadas por el proyectista, en función de los resultados de los ensayos de unidades prototipos y de obra. Artículo 8.- Configuración del sistema estructural 8.1 Calificación de la regularidad estructural: La estructura sobre el sistema de aislamiento sísmico debe ser calificada como regular o irregular. Para ello debe verificarse la existencia o no de los siguientes tipos de irregularidades indicadas en las tablas de irregularidades estructurales en altura y en planta de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente: - Irregularidad de rigidez - Piso Blando - Irregularidad de resistencia - Piso Débil - Irregularidad de rigidez extrema - Piso Blando - Irregularidad extrema de resistencia - Piso Débil - Irregularidad por discontinuidad extrema en los sistemas resistentes - Irregularidad torsional extrema en planta. 8.2 Restricciones a las irregularidades: De acuerdo a la categoría de una edificación, según la Tabla "Categoría de las edificaciones" de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente, y la zona donde se ubique, la edificación se debe diseñar respetando las restricciones a la irregularidad de la Tabla N°1.
Tabla N° 1 Categoría y regularidad de edificaciones aisladas Categoría de la edificación AyB C Zona 4y3 2y1 4 3, 2 y 1 Restricciones No se permiten irregularidades extremas Sin restricciones No se permiten irregularidades extremas Sin restricciones

b) La protección al fuego debe incluir sistemas tales como: rociadores automáticos, agua pulverizada, espuma, cobertores contra fuego u otros; así como también contar un sistema de detección térmica. c) En el caso de estacionamientos, el sistema contrafuego debe tomar en cuenta la ubicación de los dispositivos del sistema de aislamiento sísmico, para darles mayor protección. 9.4 Fuerza de restitución lateral: El sistema de aislamiento sísmico debe ser diseñado para que sea capaz de producir una fuerza lateral de restitución en el desplazamiento máximo, considerando tanto sus propiedades límite superior como inferior, a fin que resulte mayor en por lo menos 0,025 P a la fuerza lateral correspondiente al 50% del desplazamiento máximo. 9.5 Restricción al desplazamiento sísmico: Cuando se provea un sistema de restricción de desplazamiento sísmico que limite el desplazamiento lateral, este no debe restringir los desplazamientos por debajo del desplazamiento total máximo (DTM) producido por el SMC, a menos que la estructura sísmicamente aislada sea diseñada cumpliendo con todos los siguientes criterios: a) La respuesta al SMC debe ser calculada con los procedimientos de análisis dinámico establecidos en el capítulo VI de la presente Norma Técnica, considerando explícitamente las características no lineales del sistema de aislamiento sísmico, de la estructura sobre el sistema de aislamiento sísmico y del sistema de restricción de desplazamiento sísmico. b) Las capacidades últimas del sistema de aislamiento sísmico y de los elementos estructurales, bajo el sistema de aislamiento sísmico, deben exceder las demandas de resistencia y de desplazamiento del SMC. c) El dispositivo de restricción de desplazamiento sísmico no debe activarse para un desplazamiento menor que 0,60 veces el desplazamiento total máximo (DTM). d) La estructura sobre el sistema de aislamiento sísmico debe ser revisada para las demandas de estabilidad y de ductilidad del SMC. 9.6 Estabilidad por carga vertical: a) Cada elemento del sistema de aislamiento sísmico debe ser diseñado para ser estable bajo la máxima y mínima carga vertical indicada en el numeral 12.2 del artículo 12 de la presente Norma Técnica, en ambos casos estando sometido al desplazamiento total. b) Los factores de seguridad y la metodología de cálculo para los aisladores elastoméricos se detallan en el Anexo II de la presente Norma Técnica. 9.7 Volteo: a) El factor de seguridad contra el volteo de la estructura en la interfaz de aislamiento no será inferior a 1,0 para cada una de las combinaciones de carga requeridas. b) Todas las condiciones de carga de gravedad y sísmicas deben ser analizadas durante el proceso de diseño de la edificación. c) Las fuerzas laterales para el cálculo del volteo deben ser calculadas con el SMC, y para la fuerza vertical equilibrante, se usará el peso P sin factorar, calculado según la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente. d) No se permite el levantamiento local (uplift) de los aisladores, a menos que se demuestre que las deformaciones resultantes no causan sobreesfuerzos o inestabilidad de las unidades de aislamiento o de otros elementos en la estructura. 9.8. Monitoreo, inspección y reemplazo: a) Las edificaciones sísmicamente aisladas deben contar con un programa de monitoreo, inspección y mantenimiento del sistema de aislamiento sísmico, que es establecido por el proyectista y es considerado parte integrante del proyecto.

Artículo 9.- Sistema de aislamiento sísmico Para el diseño del sistema de aislamiento sísmico se deben tener en cuenta los aspectos siguientes: 9.1 Condiciones ambientales: Adicionalmente a los requerimientos por cargas verticales y cargas laterales inducidas por viento y sismo, el sistema de aislamiento sísmico debe ser diseñado teniendo en cuenta otras condiciones ambientales, incluyendo efectos de envejecimiento, flujo plástico (creep), fatiga, temperatura de operación y la posible exposición a la humedad o a sustancias nocivas según indica el numeral 13.3 del artículo 13 de la presente Norma Técnica. 9.2 Fuerzas de viento: a) Las edificaciones sísmicamente aisladas deben ser capaces de resistir cargas de viento, en todos los niveles, sobre la interfaz de aislamiento, de acuerdo a lo estipulado en la Norma Técnica E.020 Cargas. b) En la interfaz de aislamiento se debe incluir un sistema de restricción frente a cargas laterales de viento que, en condiciones habituales de operación, limite el desplazamiento del sistema de aislamiento sísmico a un valor igual al que se permite en los entrepisos de la superestructura. 9.3 Resistencia al fuego: a) No se permiten materiales inflamables en la zona del sistema de aislamiento sísmico.

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