Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2019 (11/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 11 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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que se orienta a mejorar la transparencia y el acceso a la información pública, así como la atención de consultas para la correcta interpretación y aplicación de la misma; Que, en ese sentido resulta de especial importancia autorizar la participación de la señora Anais Caridad Zavala Huaisara, Especialista Legal de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y de la señora Liliana Angela Yauri Morillo, Especialista Legal en Procedimientos Trilaterales de la Dirección de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, siendo que por razones de itinerario, corresponde autorizar el viaje del 12 al 16 de noviembre de 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 0132017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la Abogada Anais Caridad Zavala Huaisara, Especialista Legal de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, y de la Abogada Liliana Angela Yauri Morillo, Especialista Legal en Procedimientos Trilaterales de la Dirección de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, durante el período comprendido entre el 12 al 16 de noviembre de 2019, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos en parte, con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Anais Caridad Zavala Huaisara, Especialista Legal de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Pasajes US$ 843.97

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan responsable de la entrega de información pública de la Unidad Ejecutora Administración Nivel Central del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 287-2019-MIMP Lima, 8 de noviembre de 2019 Visto, el Memorándum N° D000325-2019-MIMP-SG de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que la citada norma tiene por finalidad promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo al artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, las entidades deben designar a el/ la funcionario/a responsable de entregar la información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0722003-PCM y modificatorias, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar a el/la funcionario/a responsable de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 del Reglamento antes citado, dispone que la designación de el/la funcionario/a responsable de entregar la información, se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 151-2019MIMP se designó a la abogada ABDONA ELIZABETH NOËL MONGRUT, Especialista Jurídico III de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como responsable de la entrega de información pública de la Unidad Ejecutora N° 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal h) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado con Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias, señala que la Secretaría General tiene la función de supervisar las normas de acceso a la información pública del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con documento de visto, se propone como responsable de la entrega de información pública de la Unidad Ejecutora N° 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la abogada YONI YOSI GARRO ANGELES, profesional que presta servicios en la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; y, el Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM;

Liliana Angela Yauri Morillo, Especialista Legal en Procedimientos Trilaterales de la Dirección de Protección de Datos Personales. Pasajes US$ 843.97

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación de los viajes, las servidoras citadas en la presente Resolución deberán presentar ante la Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1825237-1

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