Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2019 (18/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 18 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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1165, 1166, 1167, 1168, 1169, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1187, 1188, 1189, 1190, 1191, 1192, 1194, 1201, 1202, 1203, 1204, 1205, 1206, 1207, 1208, 1209, 1210, 1211, 1213, 1215, 1216, 1217, 1221, 1222, 1223, 1224 y 1225 -2019-RCC/ DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, del Gobierno Regional del Departamento de Lima y de cincuenta y dos (52) Gobiernos Locales, para financiar noventa y tres (93) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a noventa y dos (92) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) y una (01) Intervención de Reconstrucción mediante Actividades (IRA); Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; Que, de acuerdo al numeral 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme a los Memorandos N°s. 851, 853, 856, 857, 859, 860 y 862-2019-EF/63.04; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 51 722 189,00 (CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del

Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, del Gobierno Regional del Departamento de Lima y de cincuenta y dos (52) Gobiernos Locales, para financiar noventa y tres (93) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 46.1 y el numeral 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 51 722 189,00 (CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, del Gobierno Regional del Departamento de Lima y de cincuenta y dos (52) Gobiernos Locales, para financiar noventa y tres (93) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:

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