Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2019 (21/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 32
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NORMAS LEGALES
Jueves 21 de noviembre de 2019 /
El Peruano
La sociedad no ha presentado declaraciones informativas a la SUNAT. La sociedad no tiene deudas tributarias pendientes de pago. La sociedad no se encuentra incursa en procedimientos de fiscalización o verificación. La sociedad no tiene un procedimiento de reclamación, apelación, en una demanda contencioso administrativa, en un proceso de amparo u otro referido a la deuda tributaria, en curso.
FECHA:
FIRMA (2):
(Huella)
INDICACIONES (1) Marque con un aspa (X) el casillero que corresponda al supuesto tributario que invoca, conforme a lo previsto en el numeral 1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo 1427, Decreto Legislativo que regula la extinción de las sociedades por prolongada inactividad. (2) La firma de la presente solicitud requiere de certificación notarial.
1829208-1