Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

resultado del evento, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1829238-1

Modifican el Anexo de la R.M. N° 049-2019-MINEDU que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2019, así como la condición y cantidad de sus participantes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 572-2019-MINEDU Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTO, el INT-0213995; y Expediente N° DIGEIBIRA2019-

CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, para que con cargo a su presupuesto institucional, financien el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deberán ser autorizados mediante resolución del Ministerio de Educación que establezca los eventos a realizarse durante el 2019, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento; Que, asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios; Que, con Resolución Ministerial Nº 049-2019-MINEDU se aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2019, así como la condición y cantidad de sus participantes, que como anexo ha sido modificado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 102-2019-MINEDU, N° 147-2019-MINEDU, N° 337-2019-MINEDU, N° 408-2019-MINEDU, N° 437-2019-MINEDU, N° 493-2019-MINEDU y N° 518-2019-MINEDU; Que, mediante los Oficios N° 509-2019-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA y N° 00269-2019-MINEDU/DM-SENAJU, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y la Secretaría Nacional de la Juventud, respectivamente, en el marco de sus competencias, sustentan y proponen la realización de nuevos eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Ministerio de Educación durante el año 2019, detallando la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la

Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe N° 01126-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, manifiesta que la documentación remitida, que se hace referencia en el considerando precedente ha sido revisada, advirtiéndose que la misma guarda correspondencia con el plan operativo de los órganos y unidades orgánicas proponentes, con el presupuesto institucional asignado para dicho financiamiento, y es acorde con las disposiciones respecto del otorgamiento de viáticos por viajes en comisión de servicios a nivel nacional aprobados por Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, concluyendo que resulta necesario modificar el anexo de la Resolución Ministerial Nº 049-2019-MINEDU, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 102-2019-MINEDU, N° 147-2019-MINEDU, N° 337-2019-MINEDU, N° 408-2019-MINEDU, N° 437-2019-MINEDU, N° 493-2019-MINEDU y N° 518-2019-MINEDU, que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2019, así como la condición y cantidad de sus participantes, para efectos de proceder con el financiamiento autorizado por el segundo párrafo de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley; Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 049-2019-MINEDU, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 102-2019-MINEDU, N° 147-2019-MINEDU, N° 337-2019-MINEDU, N° 408-2019-MINEDU, N° 437-2019-MINEDU, N° 493-2019-MINEDU y N° 518-2019-MINEDU, que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2019, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF. La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y transparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob. pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1829304-1

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