Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

N° 113-2002-RE, y al ser un "Estado Parte" de la Convención, el Perú asume el compromiso de realizar el desminado de la frontera común con Ecuador, por lo que el 1° de marzo de 1999, crea el Centro Peruano de Acción Contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS), entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, siendo este el ente encargado de proponer la política de Estado en materia de la acción integral contra las minas antipersonal en el Perú, así como de supervisar el cumplimiento de los objetivos de la Convención de Ottawa; Que, con fecha 07 de agosto de 2019 se firmó el "Acta de la XX Reunión de Autoridades Nacionales de Acción Contra las Minas Antipersonal del Perú y del Ecuador"; entre el Centro de Acción Contra las Minas Antipersonal del Perú (CONTRAMINAS) y el Centro de Desminado del Ecuador (CENDESMI), en su artículo 7, ambas delegaciones convinieron en presentar una declaración conjunta sobre la cooperación binacional de desminado humanitario, en el marco de la "Cuarta Conferencia de Revisión de Oslo, sobre un Mundo libre de Minas", a realizarse en la ciudad de Oslo, Noruega del 25 al 29 noviembre de 2019; Que, con carta OF. RE (SAM) N° 2-20-D/10 del 12 de setiembre de 2019, el Secretario Técnico Alterno Contraminas del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace conocer al Secretario de la Comandancia General del Ejército, la invitación remitida por el Secretario General de las Naciones Unidas, para participar en la "IV Conferencia de Revisión de la Convención sobre la prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción" a llevarse a cabo en la ciudad de Oslo (Noruega) del 25 al 29 de noviembre de 2019; asimismo, comunica que los gastos que demanden la participación de los delegados del Ejército del Perú, serán asumidos por su correspondiente pliego presupuestal; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 010/ DIGEDEHUME/V-6 del 07 de octubre de 2019, el Comandante General del Ejército aprobó la designación del General de Brigada Sergio Arturo BENDEZU ECHEVARRIA, Director General de Desminado Humanitario del Ejército, y del Teniente Coronel EP Jaime ARÉVALO PEREIRA, Director Ejecutivo de la Dirección General de Desminado Humanitario del Ejército; para participar en la "IV Conferencia de Revisión de la Convención sobre la prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción", a llevarse a cabo en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, en el periodo comprendido del 25 al 29 de noviembre de 2019; Que, de acuerdo a la Exposición de Motivos, suscrita por el Director General de Desminado Humanitario del Ejército, se precisa que el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar designado, permitirá establecer las relaciones pertinentes con aquellas entidades pares en las actividades de desminado, que permitan alcanzar estándares internacionales, mejorar las técnicas de desminado orientados a la consecución de nuestros objetivos institucionales ante la Comunidad Internacional, optimizando los medios y recursos empleados por el Estado para el cumplimiento de los compromisos adquiridos ante la Convención de Ottawa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; en ese sentido, considerando que el viaje en Comisión de Servicio se realizará al Reino de Noruega, se otorga en adición, el equivalente de dos (02) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Director General de Desminado Humanitario del Ejército, del 11 de octubre de 2019, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y el pago de viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del

Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar designado en el mencionado evento en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días posteriores al término del mismo, sin que éstos dos últimos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al General de Brigada Sergio Arturo BENDEZU ECHEVARRIA, Director General de Desminado Humanitario del Ejército, identificado con DNI N° 43691001, CIP N° 112876000, y al Teniente Coronel EP Jaime ARÉVALO PEREIRA, Director Ejecutivo de la Dirección General de Desminado Humanitario del Ejército, identificado con DNI N° 07462015, CIP N° 116358200, para participar en la "IV Conferencia de Revisión de la Convención sobre la prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción", a llevarse a cabo en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, en el periodo comprendido del 25 al 29 de noviembre de 2019, así como autorizar su salida del país el 23 de noviembre de 2019 y su retorno el 01 de diciembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos Lima ­ Reino de Noruega ­ Lima (Clase económica): US$ 1,735.00 x 02 personas (incluye TUUA) Viáticos: US$ 540.00 x 02 personas x 07 días (23 al 29 nov 19) Total a pagar en Dólares Americanos

US$ 3,470.00 US$ 7,560.00 -----------------US$ 11,030.00

Articulo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1829411-1

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