Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2019 (22/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de noviembre de 2019 /

El Peruano

ENERGIA Y MINAS
Aprueban la Segunda Relación Priorizada de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2019-MINEM/DM Lima, 18 de noviembre de 2019 VISTOS: Los Informes N° 176-2019-MINEM/ DGAAH/DGAH y N° 200-2019-MINEM/DGAAH/DGAH, de la Dirección de Gestión Ambiental de Hidrocarburos de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, y, el Informe N° 1048-2019-MINEM/OGAJ, del 30 de octubre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, los artículos 2 numeral 22), 7 y 58 de la Constitución Política del Perú, establecen que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado; al desarrollo de su vida, a la protección de su salud; y que el Estado orienta el progreso del país actuando principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura; Que, la Ley Nº 29134, Ley que regula los pasivos ambientales del subsector hidrocarburos, tiene por objeto regular la gestión de los pasivos ambientales en las actividades del subsector hidrocarburos con la finalidad de reducir o eliminar sus impactos negativos en la salud, en la población, en el ecosistema circundante y en la propiedad; Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Energía y Minas, durante el Año Fiscal 2019, a utilizar los recursos de todos sus saldos de balance, hasta por un monto de S/ 270 000 000,00 (DOSCIENTOS SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la ejecución de acciones de remediación ambiental en los sub sectores de minería e hidrocarburos; Que, la Única Disposición Complementaria de la Ley N° 30887, Ley que autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar modificaciones presupuestarias para brindar sostenibilidad y continuidad de los programas sociales y dicta otra medida, autoriza al Ministerio de Energía y Minas, durante el Año Fiscal 2019, a utilizar los recursos de todos sus saldos de balance, hasta por un monto de S/ 274 000 000,00 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la ejecución de acciones de remediación ambiental, incluidas las actividades de mitigación, en los subsectores de minería e hidrocarburos; Que, la Segunda Disposición Final de los "Lineamientos para la Optimización de las Acciones Destinadas a la Remediación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos", aprobados por Resolución Viceministerial N° 005-2019-MEM-VMH, establece que, para el año 2019, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos realizará las acciones para la aprobación de la Resolución Ministerial de los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos priorizados a efectos de realizar las acciones de remediación a cargo del Estado, que incluyen el abandono técnico y el abandono ambiental, considerando para ello los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos de Alto Riesgo Crítico; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.2 de los Lineamientos antes mencionados, los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos de Alto Riesgo Crítico son aquellos que, de acuerdo con el Informe de Identificación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, registran un nivel de Riesgo Alto a la salud, a la seguridad de la población y a la calidad del ambiente, los cuales son priorizados por la Dirección General de

Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, a efectos de que la Dirección General de Hidrocarburos pueda realizar las acciones de remediación a cargo del Estado; Que, mediante los Informes N° 176-2019-MINEM/ DGAAH/DGAH y N° 200-2019-MINEM/DGAAH/DGAH, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos propone la aprobación de la Resolución Ministerial conteniendo la Segunda Relación Priorizada de Diez (10) Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos; Que, sin perjuicio de lo antes expuesto, es preciso destacar que dicha relación podría ser ampliada en virtud a los nuevos Informes de Identificación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos que remita el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como la verificación del cese de actividades de hidrocarburos, respecto de aquellas instalaciones identificadas como Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos de Alto Riesgo Crítico; Que, estando a lo expuesto, corresponde aprobar la segunda relación priorizada de pasivos ambientales del subsector hidrocarburos; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29134, Ley que regula los pasivos ambientales del subsector hidrocarburos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-EM; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019; la Ley N° 30887, Ley que autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar modificaciones presupuestarias para brindar sostenibilidad y continuidad de los programas sociales y dicta otra medida; Los Lineamientos para la Optimización de las Acciones destinadas a la Remediación de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, aprobados por la Resolución Viceministerial N° 005-2019-MEM-VMH, y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0312007-EM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Segunda Relación Priorizada de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, los mismos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Hidrocarburos para los fines correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas
ANEXO SEGUNDA RELACIÓN PRIORIZADA DE PASIVOS AMBIENTALES DEL SUBSECTOR HIDROCARBUROS
N° 1 Informe OEFA Código del Pozo Lote XX (ex Lote XIV) XX (ex Lote XIV) VII/VI VII/VI VII/VI VII/VI VII/VI Distrito Zorritos Provincia Contralmirante Villar Contralmirante Villar Talara Talara Talara Talara Talara Departamento Tumbes

Sin 588-2015-OEFA/ información DE-SDCA-CIPASH (F02822) Sin 2390-2015-OEFA/ información DE-SDCA-CIPASH (F02820) 191-2019-OEFA/ DEAM-SSIM 146-2019-OEFA/ DEAM-SSIM 147-2019-OEFA/ DEAM-SSIM 148-2019-OEFA/ DEAM-SSIM 151-2019-OEFA/ DEAM-SSIM T_3535 T_20 T_2H T_212 Sin información (F05730) T_20

2 3 4 5 6 7

Zorritos La Brea La Brea La Brea La Brea La Brea

Tumbes Piura Piura Piura Piura Piura

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