Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2019 (23/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 23 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 00452-2017-MINAGRI de fecha 9 de noviembre de 2017, se crea la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica de naturaleza temporal denominada "Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa" dependiente del Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, encargada de coordinar proponer y supervisar la ejecución del Plan Sectorial en el marco de la Ley N° 30556, con las unidades ejecutoras que intervienen en la ejecución de las actividades y proyectos de inversión para el logro y cumplimiento de los objetivos del Plan Sectorial; Que, de acuerdo al artículo 2 de dicha Resolución, la referida Unidad Sectorial se encuentra a cargo de un Coordinador General designado por resolución ministerial y puede disponer de los recursos necesarios que le permitan cumplir con sus funciones; asimismo, el artículo 6 de la acotada Resolución establece que la Unidad Sectorial ejercerá sus funciones durante el plazo de duración de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios creada por Ley N° 30556; Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10.12 del artículo 10 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, aprobado por el Decreto Supremo N° 094-2018PCM; a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI de fecha 3 de julio de 2019 se crea el "Equipo Especial encargado de la coordinación, monitoreo y seguimiento de la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC)" denominado el "Equipo Especial" dependiente del Despacho Ministerial; Que, de acuerdo con el numeral 4.1 del artículo 4 de la referida Resolución, el "Equipo Especial" se conforma con un (1) Coordinador General y cuatro (4) Responsables Macroregionales, asimismo, el numeral 4.2 del mismo artículo establece que dichos integrantes se designan por resolución ministerial y, el numeral 4.3 del acotado artículo, precisa que el "Equipo Especial puede contar con el apoyo de un equipo de profesionales para el desarrollo de sus funciones; Que, asimismo, el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI, precisa que, una vez realizada la designación del Coordinador General del "Equipo Especial" las actividades en trámite a cargo de la "Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa" son transferidas para su continuación al "Equipo Especial" en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la mencionada designación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0381-2019-MINAGRI de fecha 30 de octubre de 2019, se designó al señor Agripino Jiménez García en el cargo de Coordinador General de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa" del MINAGRI; Que, con el Informe N° 1156-2019-MINAGRI-SG/ OGAJ de fecha 5 de noviembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica realizó recomendaciones respecto a la implementación de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI; Que, en base al sustento técnico emitido con el Informe N° 190-2019-MINAGRI-SG/OGPP-ODOM de fecha 17 de octubre de 2019, adjunto al Memorando N° 1785-2019-MINAGRI-SG/OGPP de fecha 21 de octubre de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado una propuesta que modificaría el artículo 2 y el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI; Que, se ha visto por conveniente modificar los artículos 2 y numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI, así como establecer disposiciones para su implementación; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Secretaría General; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 094-2018-PCM; el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento

de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 y el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI, quedando redactados de la siguiente manera: "(...) Artículo 2.- Creación de Equipo de Trabajo Créase el "Equipo Especial encargo de la coordinación, monitoreo y seguimiento de la implementación de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego", denominado el "Equipo Especial" dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego - DVDIAR. (...) Artículo 4.- Conformación del Equipo de Trabajo 4.1. (...) 4.2. Mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego - DVDIAR, se designa a los integrantes del "Equipo Especial". 4.3. (...) Artículo 2.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor AGRIPINO JIMÉNEZ GARCÍA en el cargo de Coordinador General de la "Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa" del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Designar, a partir de la fecha, al señor AGRIPINO JIMÉNEZ GARCÍA en el cargo de Coordinador General del "Equipo Especial", creado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI. Artículo 4.- Disponer la transferencia del personal, bienes y recursos que sean necesarios de la "Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa" al "Equipo Especial"; a fin de garantizar la continuidad de las actividades del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC). Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial Artículo 6.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0452-2017-MINAGRI. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1829593-1

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 233-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 0487-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE/OA y el Informe Legal Nº 367-2019-MINAGRI-

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