Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2019 (23/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 23 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
N° GRADO APELLIDOS Y NOMBRES 7 Coronel EP BOCANGEL RAMIREZ Julio Cesar 8 Coronel EP CHAVERA CHACON Walter Martin 9 Coronel EP CHAVEZ CARDOZO Luis Fernando 10 Coronel EP CHAVEZ CAVERO-EGUSQUIZA Javier Gustavo

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N° DNI 09348324 09304303 43293240 09802152 27722414 09465750 43308354 17445772 08133546 04641586 25565831 07743769 06643695 43295608 18855844 21864612 16670770 02816145 25716398 43250919 06777702 09571193 08688086 17575320 43300336 08125712 26687031 16428110

su nivel profesional y posteriormente sean vertidos en provecho de la Institución; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, los gastos correspondientes a pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, alojamiento y alimentación deberán ser asumidos por la Institución; en consecuencia, corresponde otorgar viáticos diarios hasta por un cien por ciento (100%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013PCM ; Que, según a lo señalado en la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, del 04 de octubre de 2019; ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje, por lo que los gastos de viáticos y pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento; se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación de los Oficiales Superiores en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que este último día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N° 0022015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a treinta y cuatro (34) Oficiales integrantes de la LXIX Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional del Centro de Altos Estudios Nacionales, para participar en el "Seminario Internacional de Geopolítica y Seguridad Estratégica", a realizarse en la Escuela Superior de Guerra del Brasil, ubicado en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 25 de noviembre al 29 de noviembre de 2019; así como autorizar su salida del país el 24 de noviembre de 2019 y su retorno al país el 30 de noviembre de 2019, de acuerdo al detalle siguiente:
N° GRADO APELLIDOS Y NOMBRES N° DNI 09632011 00484590 09964383 21013754 19964120 06435603

11 Coronel EP CHAVEZ MORI Jorge Luis 12 Coronel EP DAMIAN RUIZ Edwin Wilder 13 Coronel EP DIAZ CASTILLO Antero Antonio 14 Coronel EP FALLA CHANAME Manuel Carlos 15 Coronel EP FLORES CHAVEZ Alfredo Alex 16 Coronel EP GHERSI PRADO Bernardo Pablo 17 Coronel EP GIL VASQUEZ Carlos 18 Coronel EP GUEVARA ARROYO Eudaldo Favio 19 Coronel EP GUTIERREZ PAREDES Juan Carlos 20 Coronel EP LLERENA VALENZUELA German 21 Coronel EP LOZADA CUBAS Julio Alfredo 22 Coronel EP MORA LEVANO Walter Antonio 23 Coronel EP MUÑOZ TAGLIOLI Marco Antonio 24 Coronel EP OTOYA MOLERO Antero Manuel 25 Coronel EP PACHARI SAAVEDRA Roger Martin 26 Coronel EP POLAR JARA Humberto German 27 Coronel EP RAMIREZ LIZARRAGA Paul Mauricio Reynaldo

28 Coronel EP RIMAC ACOSTA Juan Aristoteles 29 Coronel EP ROSALES TELLO Cesar David 30 Coronel EP SANCHEZ RAMOS Eduar Miguel 31 Coronel EP TORRES ALVARADO Raul Abdon 32 Coronel EP UGARTE VASQUEZ Carlos Ernesto 33 Coronel EP ZAPATA VARGAS Jorge Antonio 34 Coronel EP CORONADO PASTOR Julio Jorge

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos (ida y vuelta) Lima ­ Río de Janeiro (República Federativa del Brasil) ­ Lima (Clase económica): US$ 1,245.00 x 34 personas (incluye TUUA) US$ 42,330.00 Viáticos: US$ 370.00 x 06 días x 34 personas (del 24 al 29 nov 19) US$ 75,480.00 --------------------Total a pagar en Dólares Americanos US$ 117,810.00

1 Coronel EP ALEJANDRO GARRO Ivan Herber 2 Coronel EP APAZA MENESES Leonel 3 Coronel EP ARRIETA PINEDO Felipe 4 Coronel EP ASENCIOS FREYRE Erik Augusto 5 Coronel EP BACILIO SEDANO Felix Sebastian 6 Coronel EP BEJAR ALAGON Jose Luis

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1829809-1

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