Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 54
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NORMAS LEGALES
Jueves 28 de noviembre de 2019 /
El Peruano
Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° activo tiene un plazo máximo de veinte días hábiles para 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado gestionar la suscripción del instrumento de transferencia del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y a favor del Beneficiario y para efectuar el pago del valor Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de total de la Tasación. En los casos vinculados con fondos Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta de fideicomisos u otras operaciones complejas, se podrá otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; ampliar el plazo hasta sesenta días hábiles (...)"; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final SE RESUELVE: del TUO de la Ley, dispone que con la inscripción de la Adquisición o Expropiación, el registrador, bajo Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes ascendente a S/ 8'760,042.49, que incluye el incentivo a la que existan sobre el bien inmueble y se extinguen en los adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del acuerdos y todos los contratos que afecten la propiedad, valor comercial del área y mejoras del inmueble afectado por los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de de la Tasación pagado directamente o vía consignación al la Carretera Pallasca Mollepata Mollebamba Santiago Sujeto Pasivo; de Chuco Emp. Ruta 10, Tramo MollepataPallasca", así Que, por Oficios Nos. 854, 1172, 1236, 1629, 1858 y como el pago correspondiente, conforme se detalla en el 2352-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, la Dirección Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. de Construcción de la Dirección General de Políticas y Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Infraestructura de Transporte NacionalPROVIAS de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte hábiles de emitida la presente resolución, gestione la Nacional PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS suscripción del instrumento de transferencia a favor del NACIONAL), entre otros, sesenta y dos (62) Informes Beneficiario y realice el pago del valor total de las Tasaciones Técnicos de Tasación correspondientes al área del inmueble a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. con código MP-T1-CCP-025 y sus mejoras, afectados por Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto la Carretera Pallasca Mollepata Mollebamba Santiago Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, de Chuco Emp. Ruta 10, Tramo MollepataPallasca" (en en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse adelante, la Obra); el área del inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar Que, por Memorándum Nº 842-2019-MTC/20.22, la ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento Dirección de Infraestructura de PROVIAS NACIONAL, remite del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo el Informe Nº 556-2019-MTC/20.22.4 de la Subdirección de requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del Derecho de Vía, así como el Informe Nº 172-2019-LFR y artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo el Informe Técnico Nº 007-2019-ARSO, que cuentan con N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de la conformidad de la referida Subdirección y de su Jefatura Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del de Liberación del Derecho de Vía para Obras Públicas, Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas a través de los cuales se señala que: i) ha identificado al para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Sujeto Pasivo y el área y mejoras del inmueble afectado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. la Obra, ii) el Sujeto Pasivo tiene su derecho de propiedad Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y Nacional de los Registros Públicos SUNARP, iii) ha efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, PROVIAS determinado el valor total de las Tasaciones; y, iv) el Sujeto NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Pasivo ha aceptado la oferta de adquisición; por lo que, Formulario Registral y copia certificada del documento que considera técnica y legalmente viable emitir la resolución acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a ministerial que apruebe el valor total de las Tasaciones y el favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de pago correspondiente; asimismo, adjunta los Certificados los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los de Búsqueda Catastral y el Certificado Registral Inmobiliario citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Sujeto Activo o Beneficiario, bajo responsabilidad, según Presupuestal de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del área y Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y mejoras del predio afectado, contenida en los Informes Nos. Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de 2321, 4289, 5568 y 5620-2019-MTC/20.4; Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta Que, por Informe N° 3372-2019-MTC/20.3, la Oficina otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, concluye aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien Vía de PROVIAS NACIONAL, resulta legalmente viable inmueble; los acreedores pueden cobrar sus acreencias con emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total el valor total de las Tasaciones pagado directamente o vía de las Tasaciones y el pago correspondiente; consignación al Sujeto Pasivo. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Regístrese, comuníquese y publíquese. Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial EDMER TRUJILLO MORI Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Ministro de Transportes y Comunicaciones Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de ANEXO VALOR TOTAL DE LAS TASACIONES CORRESPONDIENTES A UN (01) INMUEBLE Y SUS MEJORAS, AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA MOLLEPATA MOLLEBAMBA SANTIAGO DE CHUCO EMP. RUTA 10, TRAMO MOLLEPATAPALLASCA" VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/) 2 076 907,14 73 518,60 VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (VPE) (S/) 0,00 0,00 VALOR INCENTIVO DEL TOTAL DE LA 20% DEL VCI TASACIÓN (VTT) (S/) (S/) 415 381,43 14 703,72 2 492 288,57 88 222,32
Nº
CÓDIGO
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MP-T1-CCP-025 MP-T1-CCP-026