Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo N° activo tiene un plazo máximo de veinte días hábiles para 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado gestionar la suscripción del instrumento de transferencia del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y a favor del Beneficiario y para efectuar el pago del valor Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de total de la Tasación. En los casos vinculados con fondos Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta de fideicomisos u otras operaciones complejas, se podrá otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; ampliar el plazo hasta sesenta días hábiles (...)"; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final SE RESUELVE: del TUO de la Ley, dispone que con la inscripción de la Adquisición o Expropiación, el registrador, bajo Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes ascendente a S/ 8'760,042.49, que incluye el incentivo a la que existan sobre el bien inmueble y se extinguen en los adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del acuerdos y todos los contratos que afecten la propiedad, valor comercial del área y mejoras del inmueble afectado por los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de de la Tasación pagado directamente o vía consignación al la Carretera Pallasca ­ Mollepata ­ Mollebamba ­ Santiago Sujeto Pasivo; de Chuco ­ Emp. Ruta 10, Tramo Mollepata­Pallasca", así Que, por Oficios Nos. 854, 1172, 1236, 1629, 1858 y como el pago correspondiente, conforme se detalla en el 2352-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, la Dirección Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. de Construcción de la Dirección General de Políticas y Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Infraestructura de Transporte Nacional­PROVIAS de Vivienda, Construcción y Saneamiento, remite al NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte hábiles de emitida la presente resolución, gestione la Nacional ­ PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS suscripción del instrumento de transferencia a favor del NACIONAL), entre otros, sesenta y dos (62) Informes Beneficiario y realice el pago del valor total de las Tasaciones Técnicos de Tasación correspondientes al área del inmueble a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. con código MP-T1-CCP-025 y sus mejoras, afectados por Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto la Carretera Pallasca ­ Mollepata ­ Mollebamba ­ Santiago Pasivo desocupe y entregue el área del inmueble afectado, de Chuco ­ Emp. Ruta 10, Tramo Mollepata­Pallasca" (en en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse adelante, la Obra); el área del inmueble libre o treinta (30) días hábiles de estar Que, por Memorándum Nº 842-2019-MTC/20.22, la ocupada o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento Dirección de Infraestructura de PROVIAS NACIONAL, remite del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo el Informe Nº 556-2019-MTC/20.22.4 de la Subdirección de requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del Derecho de Vía, así como el Informe Nº 172-2019-LFR y artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo el Informe Técnico Nº 007-2019-ARSO, que cuentan con N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de la conformidad de la referida Subdirección y de su Jefatura Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del de Liberación del Derecho de Vía para Obras Públicas, Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas a través de los cuales se señala que: i) ha identificado al para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Sujeto Pasivo y el área y mejoras del inmueble afectado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. la Obra, ii) el Sujeto Pasivo tiene su derecho de propiedad Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, iii) ha efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, PROVIAS determinado el valor total de las Tasaciones; y, iv) el Sujeto NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Pasivo ha aceptado la oferta de adquisición; por lo que, Formulario Registral y copia certificada del documento que considera técnica y legalmente viable emitir la resolución acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a ministerial que apruebe el valor total de las Tasaciones y el favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de pago correspondiente; asimismo, adjunta los Certificados los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los de Búsqueda Catastral y el Certificado Registral Inmobiliario citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Sujeto Activo o Beneficiario, bajo responsabilidad, según Presupuestal de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del área y Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y mejoras del predio afectado, contenida en los Informes Nos. Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de 2321, 4289, 5568 y 5620-2019-MTC/20.4; Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta Que, por Informe N° 3372-2019-MTC/20.3, la Oficina otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, de Asesoría Jurídica de PROVIAS NACIONAL, concluye aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA. que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar mérito a lo opinado por la Subdirección de Derecho de las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien Vía de PROVIAS NACIONAL, resulta legalmente viable inmueble; los acreedores pueden cobrar sus acreencias con emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total el valor total de las Tasaciones pagado directamente o vía de las Tasaciones y el pago correspondiente; consignación al Sujeto Pasivo. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Regístrese, comuníquese y publíquese. Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial EDMER TRUJILLO MORI Nº 959-2019-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Ministro de Transportes y Comunicaciones Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de ANEXO VALOR TOTAL DE LAS TASACIONES CORRESPONDIENTES A UN (01) INMUEBLE Y SUS MEJORAS, AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA ­ MOLLEPATA ­ MOLLEBAMBA ­ SANTIAGO DE CHUCO ­ EMP. RUTA 10, TRAMO MOLLEPATA­PALLASCA" VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/) 2 076 907,14 73 518,60 VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (VPE) (S/) 0,00 0,00 VALOR INCENTIVO DEL TOTAL DE LA 20% DEL VCI TASACIÓN (VTT) (S/) (S/) 415 381,43 14 703,72 2 492 288,57 88 222,32



CÓDIGO

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MP-T1-CCP-025 MP-T1-CCP-026

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