Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendo el monto de S/. 24,923.85 en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y 34,697.50 en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Acciones administrativas La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO RICARDO REINOSO ROSAS Jefe Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 1831396-1

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 306-2019-ITP/DE Lima, 26 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe n.° 530-2019-ITP/OPPM de fecha 26 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe n.º 1024-2019ITP/OAJ de fecha 26 de noviembre de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva n.° 279-2018ITP/DE de fecha 13 de diciembre de 2018, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2019 del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 142 611 447,00 (ciento cuarenta y dos millones seiscientos once mil cuatrocientos cuarenta y siete y 00/100 soles);

Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley n.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley n.° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, con Resolución de Contraloría n.° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de autoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en ese contexto, mediante Oficio n.° 9292019-CG/SGE, recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicitó al Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) que efectúe la transferencia financiera para el período auditado 2019, por la suma de S/ 43 361,14 como transferencia en el año 2019 y la previsión presupuestaria por la suma de S/ 36 032,50 con cargo al presupuesto institucional 2020, cuya transferencia financiera se efectuará a más tardar en enero de 2020; Que, en atención a ello, mediante Memorando n.° 5336-2019-ITP/OPPM de fecha 25 de noviembre de 2019, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a solicitud de la Oficina de Administración, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario según Nota n.° 4243, por el monto de S/ 43 361,14 (cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno y 14/100 soles), correspondiente al 50% de la Retribución Económica (incluido IGV) más el 6% por Derecho de Designación o Supervisión; y emite la constancia de previsión 110-2019 para el año 2020, por el monto de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), correspondiente al 50% de la Retribución Económica (incluido IGV); Que, con Informe n.° 530-2019-ITP/OPPM de fecha 26 de noviembre de 2019, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y considera pertinente aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 43 361,14 (cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno y 14/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2019; Que, mediante Informe n.° 1024-2019-ITP/OAJ de fecha 26 de noviembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia financiera por el monto de S/ 43 361,14 (cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno y 14/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República conforme al artículo 20 de la Ley n.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley n.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley n.° 30742, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano; Que, por los fundamentos antes señalados, corresponde aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República conforme al artículo 20 de la Ley n.° 27785, Ley Orgánica del Sistema

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