Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble ocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para los lanzamientos o tomas de posesión del área del bien inmueble materias de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "TRAMO Nº 5 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (ILO­PUNO­JULIACA, MATARANI­JULIACA­AZÁNGARO)" N° SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA TOTAL: AFECTACIÓN: Parcial 1,056.79 m2 del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

CÓDIGO: AJP-T5-IMPA-170

LINDEROS PERIMÉTRICAS

Y DEL ÁREA

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE MEDIDAS ÁREA AFECTADA 1 AFECTADA: Área Afectada 1: 1,272.07 m2 (0.1272 ha)

1

JUAN MINISTERIO DE TRANSPORTES Y CANCIO ROJAS COMUNICACIONESPROVIAS NACIONAL VELASQUEZ

WGS84 Norte: Colinda con La Autopista Puno-Juliaca y DISTANCIA VERTICES LADO (m) U.C. 60227 con 22.36 m. ESTE (X) NORTE (Y) Sur: Colinda con La Autopista Puno-Juliaca y U.C. 1 1-2 22.36 385881.7977 8263178.2459 60217 con 19.32 m . 2 2-3 3.52 385897.1566 8263194.4966 Este: Colinda con área remanente de la U.C. 3 3-4 55.80 385898.0870 8263191.1061 60224 con 59.32 m. 4 4-5 19.32 385912.8542 8263137.2908 Oeste: Colinda con La Autopista Puno-Juliaca con 55.29 m. 5 5-6 44.99 385897.7040 8263125.2967 6 6-1 10.30 385884.9889 8263168.4479

9,933.83

PARTIDA REGISTRAL N° 11012670, perteneciente a la Oficina Registral de Puno de la Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 22.10.2018 (Informe Técnico N° 7714-2018-Z.R. N° XIII-UREG/C) por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Puno de la Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido el 23.07.2019 por la Oficina Registral de Puno de la Zona Registral Nº XIII- Sede Tacna.

1831251-1

Aprueban la ejecución de expropiación de las áreas de inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuana ­ Dv. Yauyos ­ Chupaca, Tramo: Ronchas Chupaca" y los valores de tasaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1095-2019-MTC/01.02 Lima, 27 de noviembre de 2019 Vista: La Nota de Elevación N° 147-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de

Infraestructura NACIONAL, y;

de

Transporte

Nacional­PROVIAS

CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Carretera Cañete­ Lunahuaná, Roncha­Chupaca­Puente Pilcomayo; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin;

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