Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de setiembre de 2019 /

El Peruano

y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Decreto Supremo Nº 007­2013­EF, regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional de servidores y funcionarios públicos, entre ellos autoridades como alcaldes y regidores; Que, mediante Directiva Nº 002­2011­OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 ­ 2011 ­ MPC, se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, mediante documento con Exp. Nº 35486 con fecha 14 de agosto de 2019, Ming Zhang, Gerente Regional de Desarrollo Urbano y Gestión de Riesgo de Desastres del Banco Mundial hace llegar la invitación al Dr. Víctor Germán Boluarte Medina ­ Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en la 3º Reunión de la Plataforma Global para Ciudades Sostenibles (GPSC), a desarrollarse en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, entre los días 16 al 20 de septiembre de 2019 y a la vez una sesión temática relativa al Desarrollo Orientado al Transporte (TOD, por sus siglas en inglés); Que, mediante documento con Exp. Nº 2053 con fecha 26 de agosto de 2019, Marisol Gisel Noriega Ramos, Asistente de Programa de Desarrollo Sostenible para Bolivia, Ecuador y Perú del Banco Mundial, confirma mediante correo electrónico, que la organización del evento cubrirá los costos de viaje y estadía; asimismo, un estipendio para gastos varios, siendo que las cenas correrán por cuenta de los participantes al evento arriba señalado; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 4 de septiembre de 2019, se dio cuenta de dicha invitación a participar en la 3º Reunión de la Plataforma Global para Ciudades Sostenibles (GPSC) y la sesión temática relativa al Desarrollo Orientado al Transporte, para posteriormente pasarse a debatir y aprobar la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y autorizar la participación del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, para su viaje a Sao Paulo;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Mayoría; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la 3º Reunión de la Plataforma Global para Ciudades Sostenibles (GPSC), a desarrollarse en la ciudad de Sao Paulo, Brasil y a una sesión temática relativa al Desarrollo Orientado al Transporte, entre los días 16 al 19 de septiembre de 2019. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación del señor Víctor Germán Boluarte Medina, Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, en el evento detallado en el artículo primero, otorgándole además, licencia del 15 al 19 de septiembre de 2019. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los boletos aéreos de los pasajes internacionales, ruta Lima ­ Sao Paulo ­ Lima y nacionales Cusco ­ Lima ­ Cusco y los costos de viaje, estadía y gastos varios del señor Alcalde, serán cubiertos por el Banco Mundial, conforme a los considerandos. Asimismo, la Municipalidad Provincial del Cusco, cubrirá los gastos de dos (2) días de Viático Internacional (tránsito) y el Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 ­ 04 ­ MC, de fecha 14 de junio de 2004, el señor Víctor Germán Boluarte Medina, Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberá emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; debiendo además, efectuar la rendición de los gastos irrogados dentro del plazo establecido por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1806029-1

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