Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2019 (12/09/2019)
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NORMAS LEGALES
Jueves 12 de setiembre de 2019 /
El Peruano
respectiva, en aplicación del artículo 15ºde la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERES REGIONAL: "LA NECESIDAD DE REDUCIR LAS BOLSAS DE PLASTICO DE UN SOLO USO, RECIPIENTES O ENVASES DESCARTABLES Y FOMENTAR EL CONSUMO RESPONSABLE". Artículo Segundo.- INSTAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, liderar las actividades para promover la reducción de bolsas plásticas de un solo uso, recipientes o envases descartables y fomentar un consumo responsable tanto de las entidades del Estado, el sector privado, la ciudadanía. Artículo Tercero.- INSTAR a la Dirección Regional de Educación Pasco, incorporar lineamientos en la gestión institucional y pedagógica en el consumo responsable de los plásticos de un solo uso, recipientes y envases descartables y la gestión integral de residuos sólidos cuando corresponda con la finalidad de fortalecer la transversalidad del enfoque ambiental en la comunidad educativa. Artículo Cuarto.- INSTAR a las Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región Pasco, a promover a través del Programa Municipal de Educación Cultura y Ciudadanía Ambiental EDUCCA, cambios de comportamiento y hábitos de consumo. La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los tres días del mes de julio del dos mil diecinueve. BLEDHY CRISTIAN MOALE COLINA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los diez días del mes de julio del dos mil diecinueve. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1805598-4
dos de julio de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El Informe Nº 007-2019-G.R.P/C.R.RCHSCH, de fecha 28 de julio de dos mil diecinueve mediante el cual remite el Sustento Técnico para la Declaratoria de Interés Regional: "LA ATENCION DE LA SALUD ORAL EN NIÑOS Y NIÑAS DEL NIVEL INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA REGION PASCO", emitido por el Consejero Regional Roberto Chale Suarez Chuquimantari; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, y son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo su misión; organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS), afirma que las enfermedades bucodentales, como la caries dental, la enfermedad periodontal y la mal oclusión constituyen problemas de salud pública que afecta a los países industrializados y cada vez con mayor frecuencia a los países en desarrollo, en especial a las comunidades más pobres; Que, las enfermedades bucodentales, comparten factores de riesgo con las enfermedades crónicas más comunes como las enfermedades cardiovasculares, cáncer, enfermedades respiratorias crónicas y diabetes. Siendo el factor de riesgo más importante una higiene bucodental deficiente; Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, en su Art. 5º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que, la Misión del Gobierno regional, es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; asimismo, en su Art. 6º Desarrollo Regional, menciona que; "El Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades"; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado Actualizado Pasco al 2021, señala en su objetivo Estratégico 4, lo siguiente: "Garantizar la calidad de los servicios de salud de la población", y para el cumplimiento de este Objetivo se han delineado 8 Acciones Estratégicos, considerando entre un de las principales el siguiente: AE 4.4 Garantizar el acceso de la población pobre y pobre extremo al Seguro Integral de Salud, y la A.E. 4.5 Articulación y fortalecimiento de los Programas Sociales para la lucha contra la pobreza en los tres niveles de gobierno; Que, la condición de Salud Bucal en la Región Pasco, atraviesa una situación crítica debido a la alta prevalencia de enfermedades Odontoestomatológicas, tenemos así que la prevalencia de caries dental es de 99%, enfermedad periodontal 98% y mal oclusión 80%, constituyendo un problema de salud pública. Además en lo que se refiere a caries dental el índice de dientes cariados, perdidos y obturados (CPOd), a los 12 años de edad es de aproximadamente 6.5, ubicándose según la OPS en estado de emergencia; problemática expuesto en el Informe Nº 007-2019-G.R.P/C.R-RCHSCH de fecha 28 de junio de 2019, por el Consejero Regional Roberto Chale Suarez Chuquimantari, ante el Magno Consejo Regional
Declaran de interés regional la salud oral de los niños y niñas de las instituciones educativas estatales de los niveles inicial, primaria y secundaria de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión de la Región Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 440-2019-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 4 de julio de 2019 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de sus facultades establecidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en la Décima Tercera Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollado el


