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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (20/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2019 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la Abogada Carmela Jesús D Brot Burgos, en el cargo de confi anza de Directora de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar al señor Mario George Casaretto Gamonal, el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 3º.- DISPONER que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1809207-2 Designan Asesor de Jefatura de la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 143-2019-INBP San Isidro, 18 de setiembre de 2019 VISTO: La Nota Informativa N° 742-2019-INBP/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos, la Nota Informativa N° 082-2019-INBP/OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor de Jefatura de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; resultando necesario designar al funcionario que ejercerá dicho cargo; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Juan Carlos Morales Carpio, en el cargo de con fi anza de Asesor de Jefatura de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 2°. - Disponer que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1809207-3ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. Nº 140-2019-GG/OSIPTEL y confirman multa impuesta a América Móvil Perú S.A.C. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 116-2019-CD/OSIPTEL Lima, 5 de setiembre de 2019 EXPEDIENTE Nº : 00067-2015-GG-GFS/PAS MATERIA :Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Nº 140-2019-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa América Móvil Perú S.A.C. (en adelante, AMÉRICA MÓVIL) contra la Resolución Nº 140-2019-GG/OSIPTEL, mediante la cual se declaró infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 323-2017-GG/OSIPTEL, a través de la cual se sancionó con una con una multa de trescientos cincuenta (350) UIT. (ii) El Informe Nº 197-GAL/2019 del 2 de septiembre de 2019, de la Gerencia de Asesoría Legal, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y (iii) El Expediente Nº 00067-2015-GG-GFS/PAS y el Expediente de Supervisión Nº 292-2015-GG-GFS. CONSIDERANDO:I. ANTECEDENTES1.1. Mediante carta Nº 2098-GFS/2015, noti fi cada el 9 de noviembre de 2015, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización 1 (en adelante, GSF) comunicó a AMÉRICA MÓVIL el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS), al haberse veri fi cado que, durante el periodo de octubre a noviembre de 2015, se habría incumplido: Norma Artículo Conducta ImputadaTipo de Infracción Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución Nº 138-2012-CD/ OSIPTEL (TUO de las Condiciones de Uso)11-AAl realizar contrataciones y activaciones de la línea móvil, no cumplió con veri fi car previamente la identidad del solicitante mediante los sistemas de veri fi cación biométrico o no biométrico; y/o al trasladar al solicitante el registro de sus datos personales.Muy Grave 1 A través del Decreto Supremo Nº 045-2017-PCM se modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, variándose el nombre de la Gerencia de Fiscalización y Supervisión por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización.