Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 22 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú para participar en la segunda etapa del XXXIII Viaje de Instrucción de Guardiamarinas (VIGM) a bordo del Buque Escuela "Brasil"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1243-2019 DE/MGP Lima, 19 de setiembre de 2019 Visto, el Oficio Nº 4727/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de setiembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 056/AdiNavPerú de fecha 7 de junio del 2019, el Agregado Naval a la Embajada de Brasil en Perú ha remitido la Carta Nº 30-21/2019-EMA del Jefe del Estado Mayor de la Armada de Brasil, de fecha 6 de junio del 2019, mediante la cual cursa invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Marina, para que una (1) Oficial femenino del grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, participe en la segunda etapa del XXXIII Viaje de Instrucción de Guardiamarinas (VIGM), a bordo del Buque Escuela "Brasil" (NE Brasil), del 25 de setiembre al 16 de diciembre del 2019; Que, por Oficio Nº 1287/42 de fecha 19 de agosto del 2019, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone a la Alférez de Fragata Shanyra MERINO Ventocilla, para que participe en la segunda etapa del mencionado viaje de instrucción, debiendo embarcarse en el Puerto de Toulon, República Francesa el 25 de setiembre del 2019, y de acuerdo con el itinerario previsto deberá zarpar de dicho puerto el 26 de setiembre del 2019, con escala en los Puertos de Le Havre, República Francesa; Hamburgo, República Federal de Alemania; Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Lisboa, República Portuguesa; Baltimore y Mayport, Estados Unidos de América; San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Fortaleza y Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, arribando el 15 de diciembre del 2019 y desembarcando de éste último el 16 de diciembre del 2019; lo que permitirá adquirir una mayor experiencia operacional y de planeamiento, incrementando el nivel de relaciones con la Armada de Brasil, admitiendo el acceso a una organización operativa; las experiencias adquiridas por la referida Oficial Subalterno, serán aplicadas al término de dicha comisión en las Unidades de la Fuerza de Superficie de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Oficio Nº 4486/51 de fecha 2 de setiembre del 2019, el Secretario del Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Agregado Naval a la Embajada de Brasil en Perú, por la invitación cursada indicando que ha sido aceptada; asimismo, manifiesta que la Marina de Guerra del Perú ha propuesto a la Alférez de Fragata Shanyra MERINO Ventocilla, para que participe en el citado viaje de instrucción; Que, de acuerdo con el Documento Nº 199-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el Inciso a) del Artículo 10 y Artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida

del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de la Alférez de Fragata Shanyra MERINO Ventocilla, CIP. 00151257, DNI. 71632604, para que participe en la segunda etapa del XXXIII Viaje de Instrucción de Guardiamarinas (VIGM), a bordo del Buque Escuela "Brasil" (NE Brasil), debiendo embarcarse en el Puerto de Toulon, República Francesa el 25 de setiembre del 2019, y de acuerdo con el itinerario previsto deberá zarpar de dicho puerto el 26 de setiembre del 2019, con escala en los Puertos de Le Havre, República Francesa; Hamburgo, República Federal de Alemania; Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Lisboa, República Portuguesa; Baltimore y Mayport, Estados Unidos de América; San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Fortaleza y Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, arribando el 15 de diciembre del 2019 y desembarcando de éste último el 16 de diciembre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 23 de setiembre y su retorno el 17 de diciembre del 2019, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y cuatro (34) días. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Toulon (República Francesa) - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima US$. 3,800.00 US$. 3,800.00 Pasaje Terrestre (ida): Toulon - Puerto de Toulon (República Francesa) US$. 55.00 US$. 55.00 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (12 días): US$. 74.86 x 10 días x 1 Oficial Subalterno Baltimore y Mayport (EE.UU) US$. 748.60 US$. 74.86 x 2 días x 1 Oficial Subalterno San Juan (Puerto Rico) US$. 149.72 TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 4,753.32

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