Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (13 días): 64.13 x 5 días x 1 Oficial Subalterno - Toulon y Le Havre (Francia) 320.65 55.71 x 4 días x 1 Oficial Subalterno Hamburgo (Alemania) 222.84 56.35 x 4 días x 1 Oficial Subalterno Lisboa (Portugal) 225.40 TOTAL A PAGAR EN EUROS: 768.89

Domingo 22 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (5 días): £ 59.19 x 5 días x 1 Oficial Subalterno - Londres (Reino Unido) £ 295.95 TOTAL A PAGAR EN LIBRAS ESTERLINAS: £ 295.95

Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (4 días): BRL 180.74 x 4 días x 1 Oficial Subalterno - Fortaleza y Río de Janeiro (Brasil) BRL 722.96 TOTAL A PAGAR EN REALES: BRL 722.96

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante. Artículo 4.- La Oficial Subalterno comisionada deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La mencionada Oficial Subalterno revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 6.- La citada Oficial Subalterno está impedida de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1809285-1

Autorizan viaje de alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército "Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa" a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1244-2019 DE/EP Jesús María, 19 de setiembre de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 162/DRIE/SECC RESOL del 16 de setiembre de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 2365-2019/OAJE/L-2, del 16 de setiembre de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 117/19-AGREMILDEF/ BRASIL del 22 de agosto de 2019, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú, informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, la autorización sobre la participación de dos (02) Alumnos del Instituto

de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército "Sargento 2do Fernando LORES TENAZOA", para participar en el intercambio académico de Alumnos en la Escuela de Sargentos de Armas (ESA), en la ciudad de Tres Corazones, Estado de Minas Gerais, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 23 al 27 de setiembre de 2019; Que, con Oficio N° 158 U.10.b.1/05.00 del 02 de setiembre de 2019, el Director del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército "Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa", remite a la Jefatura de Educación del Ejército la relación de los Alumnos designados para participar en el intercambio académico de Alumnos en la Escuela de Sargentos de Armas (ESA) de Brasil, en el período comprendido del 23 al 27 de setiembre de 2019, los cuales fueron seleccionados teniendo en cuenta las notas y los puestos alcanzados en el cuadro de mérito general y por especialidades; Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 116/U-4.b.3/05.00 del 05 de setiembre de 2019, el Comandante General del Ejército aprobó la designación del Alumno III año Marin Alex ARAUJO PACCO y de la Alumna III año Maritza Katerin HOSPINAL CUSI del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército "Sargento 2do Fernando LORES TENAZOA", para que participen en el intercambio académico de Alumnos, en la Escuela de Sargentos de Armas (ESA) de Brasil, a realizarse en la ciudad de Tres Corazones, Estado de Minas Gerais, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 23 al 27 de setiembre de 2019; Que, conforme a la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Misión de Estudios al personal militar designado; por cuanto, permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel de formación profesional, con el fin de que posteriormente la adquisición de conocimientos y experiencias adquiridas serán vertidos en provecho de la Institución, asimismo permitirá fortalecer y afianzar los vínculos de cooperación entre ambas Instituciones Armadas; Que, mediante coordinaciones realizadas con el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú y el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, se establece que el Ejército del Brasil asumirá los gastos de alimentación y alojamiento; sin embargo, no incluye los gastos de transporte local para otros tipos de desplazamiento particular de los Alumnos, ni tampoco transporte del aeropuerto a la Escuela de Sargentos de Armas (ESA) de Brasil y viceversa, por lo que resulta conveniente otorgarle el 20% de viáticos por concepto de movilidad a los Alumnos que realizarán el viaje, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo único de la Resolución Ministerial N° 696-2013 DE/SG, donde se establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial; en función a la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Jefe de Educación del Ejército, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, y el pago de viáticos (20%), se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios y con el fin de prever la participación del personal militar designado, durante la totalidad del evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo N° 006-

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