Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2020 (14/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 14 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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mismo día en el portal institucional de Osinergmin (www. gob.pe/osinergmin) para recibir comentarios. Artículo 2.- Plazo para recibir comentarios Los interesados remiten comentarios o sugerencias el proyecto normativo por escrito a través de la ventanilla virtual de Osinergmin o a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos el abogado Marco Gonzales Peralta. Artículo 3.- Análisis de Comentarios La División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos es la encargada de la publicación dispuesta en el artículo 1, la recepción y análisis de los comentarios y/o sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo del Osinergmin ANTONIO ANGULO ZAMBRANO Presidente del Consejo Directivo (e) 1877304-1

Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor FREDY JORGE CÉSPEDES CARPIO y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1877239-1

Designan Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 112-2020-ATU/PE Lima, 13 de agosto de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU; Contando con la visación de la Gerencia General, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.-. Designar al señor IVAN YONI VILLEGAS FLORES, en el cargo de Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor IVAN YONI VILLEGAS FLORES y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1877240-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO
Designan Director de la Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 111-2020-ATU/PE Lima, 13 de agosto de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU; Contando con la visación de la Gerencia General, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.-. Designar al señor FREDY JORGE CÉSPEDES CARPIO, en el cargo de Director de la

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