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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (16/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 16 de agosto de 2020 El Peruano / 226-2012-TR y modi fi catorias, establece, entre otros, que, la Unidad Gerencial de Promoción del referido Programa está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Promoción del mencionado Programa; por lo que resulta necesario designar a la profesional que desempeñe dicho cargo; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado con Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; y el artículo 23 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar a la señora ANA ISABEL ALVARADO CUETO, como Gerente de la Unidad Gerencial de Promoción del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JEANETTE NOBORIKAWA NONOGAWA Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 1877719-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0481-2020-MTC/01 Lima, 15 de agosto de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor José Antonio Gonzáles Clemente, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones 1877744-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Establecen tarifas provisionales para los servicios estándar brindados por el Concesionario en el Nuevo Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao - Zona Sur RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0043-2020-CD-OSITRAN Lima, 15 de agosto de 2020VISTO:El Informe Conjunto N° 00093-2020-IC-OSITRAN (GRE-GAJ), de las Gerencias de Regulación y Estudios Económicos, y de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, aprobada mediante Ley N° 26917, establece que es misión de Ositrán regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios; con el fi n de garantizar la e fi ciencia en la explotación de la Infraestructura de Transporte de Uso Público; Que, el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la precitada Ley, atribuye a Ositrán la Función Reguladora, y en tal virtud, la función de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, lo que incluye la infraestructura portuaria de uso público; Que, el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (LMOR), aprobada por la Ley N° 27332 y modi fi cada mediante Ley N° 28337, establece que la Función Reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fi jar tarifas de los servicios bajo su ámbito; Que, el artículo 2º del Reglamento de la LMOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM y sus modi fi catorias, así como el artículo 17° del Reglamento General del Ositrán, aprobado por el Decreto Supremo N° 044-2006-PCM (REGO), establecen que la Función Reguladora será ejercida exclusivamente por el Consejo Directivo del Organismo Regulador; Que, el citado artículo a su vez señala que el Consejo Directivo sustenta sus decisiones en los informes técnicos que emite la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, que está encargada de conducir e instruir los procedimientos tarifarios, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica que tiene a su cargo la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 043-2004-CD/OSITRAN y sus modi fi caciones, se aprobó el Reglamento General de Tarifas de Ositrán (RETA), el cual establece la metodología, reglas, principios y procedimientos que aplicará Ositrán cuando fi je, revise o desregule las tarifas aplicables a la prestación de los servicios derivados de la explotación de la infraestructura de transporte de uso público, ya sea que el procedimiento se inicie de o fi cio o a pedido de parte;