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77 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2020 El Peruano / Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1880134-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Falabella la ampliación de plazo para cierre temporal de oficina especial ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 02054-2020 Lima, 20 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco Falabella para que esta Superintendencia autorice la ampliación del cierre temporal de una o fi cina especial según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella, en vías de regularización, la ampliación del plazo para el cierre temporal de la o fi cina especial ubicada en la Av. Arequipa Nº 5298, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, entre el 16 de marzo y el 31 de octubre de 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1879608-1 Autorizan a COOPAC Fondesurco el cierre definitivo de oficinas ubicadas en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN SBS Nº 2061-2020 Lima, 21 de agosto de 2020 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE COOPERATIVASVISTA: La solicitud presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fondesurco (COOPAC Fondesurco) de fecha 31 de julio de 2020, por la que solicita autorización para el cierre de fi nitivo de dos (02) o fi cinas, según se indica en el detalle de la parte resolutiva; CONSIDERANDO:Que, la COOPAC Fondesurco ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento Nº 182 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modi fi catorias (TUPA), la que se encuentra conforme tras su evaluación; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Cooperativas “B”; así como del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modi fi catorias y la Ley Nº 30822 y en cumplimiento del procedimiento Nº 182 del TUPA; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la COOPAC Fondesurco el cierre de fi nitivo de sus o fi cinas ubicadas en: 1. La Calle Central Nro.13, Centro Poblado Bellavista, distrito de San Cristóbal de Calacoa, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua. 2. El C.P. Manzana G1, Lote 03, distrito de Carumas, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR BASSO WINFFEL Superintendente Adjunto de Cooperativas 1879860-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Modifican la Ordenanza N° 479-MDB, que estableció horarios de carga y descarga de mercaderías que realicen los proveedores de actividades económicas ORDENANZA Nº 547-2020-MDB Barranco, 30 de julio del 2020 ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº479-MDB DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO, QUE ESTABLECIÓ HORARIOS DE CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍA QUE REALICEN PROVEEDORES DE ACTIVIDADES COMERCIALES POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS:El Informe Nº 170-2020- GAJ-MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 032-2020-GDE-MDB de la Gerencia de Desarrollo Económico, el informe Nº 102-2020-SGC-GDE-MDB de la Subgerencia de Comercialización y el Dictamen Conjunto Nº 008-2020-CDEyCOAJ de las Comisiones de Regidores de Desarrollo Económico y Asuntos Jurídicos;