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72 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2020 / El Peruano por la Universidad, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. Conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de CBC expuesto en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 009-2020-SUNEDU-02-12, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, forma parte integrante de esta. Asimismo, en aplicación de la Resolución del Consejo Directivo N° 026-2016-SUNEDU-CD que aprueba el Reglamento de Tratamiento de la Información Confi dencial en los Procedimientos Administrativos de la Sunedu, se ha cumplido con la reserva de información con carácter con fi dencial que pudiera contener el informe antes señalado. En virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y su modi fi catoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, modi fi cado entre otras normas, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 018-2020. SE RESUELVE: Primero. - APROBAR el cambio de denominación de dos (2) programas de estudio, así como el grado académico y título profesional que otorgan, solicitado por la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., conforme se detalla a continuación: DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN N° 039-2017-SUNEDU/CDDENOMINACIÓN MODIFICADA Anexo N° 2 Anexo N° 2 N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMAGRADO ACADÉMICO QUE OTORGADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGAN°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMAGRADO ACADÉMICO QUE OTORGADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA 26Gastronomía y Gestión de RestaurantesBachiller en Gastronomía y Gestión de RestaurantesLicenciado en Gastronomía y Gestión de Restaurantes26Gestión e Innovación en GastronomíaBachiller en Gestión e Innovación en GastronomíaLicenciado en Gestión e Innovación en Gastronomía 27Gestión Ambiental EmpresarialBachiller en Gestión Ambiental EmpresarialLicenciado en Gestión Ambiental Empresarial27Administración y Gestión AmbientalBachiller en Administración y Gestión AmbientalLicenciado en Administración y Gestión Ambiental Segundo. - REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución y del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 009-2020-SUNEDU-02-12 para los fi nes correspondientes. Tercero.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que quede consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 009-2020-SUNEDU-02-12 del 27 de abril de 2020 a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 009-2020-SUNEDU-02-12 en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente (e) del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Además de la sede, los otros cuatro (4) locales son los siguientes: (SL02), ubicado en Av. La Fontana 750, distrito de La Molina, (SL03), ubicado en Av. Industrial 3484 y Av. El Pací fi co Nº 297- 299, Urb. Industrial Panamericana Norte, distrito de Independencia, (SL04), ubicado en Jr. José Gálvez 386, distrito de Magdalena del Mar y (SL05), ubicado en Av. Pista Asfaltada, Fundo La Carolina Sección B, Parcela 1, distrito de Pachacámac. 2 Considerando la creación de siete (7) programas de pregrado adicionales, aprobados mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 005-2019-SUNEDU/CD del 18 de enero de 2019; y Resolución del Consejo Directivo N° 033-2019-SUNEDU/CD del 20 de marzo de 2019.3 Dicha comunicación se sustentó en la Resolución de Trámite N° 001 del 5 de marzo de 2020. 4 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado por el artículo 2 de la Resolución N° 096-2019-SUNEDU- CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (d) cambio de denominación y/o creación de mención: d) Cambio de denominación y/o creación de mención: Si se pretende cambiar la denominación del programa o de la mención y/o crear una mención de un programa que consta en la licencia institucional. Si la pretensión implica, a su vez, cambios en la malla curricular, en los objetivos del programa y en el per fi l de egresado, simultáneamente; son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. Si la pretensión no implica la modi fi cación de todos los elementos antes citados en simultáneo, solo se debe comunicar a la Sunedu sobre el cambio o creación respectivo, sin perjuicio de las acciones de veri fi cación posterior correspondientes. 1880087-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Provisional del 15° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima y Juez Supernumerario del 9° Juzgado de Paz Letrado de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000258-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 25 de agosto del 2020