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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (05/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 5 de diciembre de 2020 / El Peruano competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose en el literal e) del artículo 8 que el Despacho Ministerial designa a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, por Resolución Ministerial N° 048-2020-MIDIS se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, el cual contempla el cargo de estructural de Asesor/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, considerado como cargo de con fi anza; Que, al encontrarse vacante el cargo, corresponde designar a la persona que asumirá el cargo de Asesor/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con los visados de la Secretaría General, la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Ana María Quijano Calle, en el cargo de Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1909303-1 Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2020-MIDIS Lima, 4 de diciembre de 2020VISTOS: El Memorando N° 597-2020-MIDIS/SG de la Secretaría General; el Memorando Nº 1361-2020-MIDIS/SG/OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 434-2020-MIDIS/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS, comprende entre los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS; Que, al encontrarse vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo;Con los visados de la Secretaría General, la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Cecilia Natividad Medina Ccoyllo como Directora Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1909319-1 ECONOMIA Y FINANZAS Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad y otra disposición DECRETO SUPREMO N° 381-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, de conformidad con los literales b) y c) del inciso 1 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, las Leyes de Presupuesto del Sector Público fijan, entre otros conceptos, el monto del Aguinaldo por Navidad, para lo cual en cada año fiscal es reglamentado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fi ja el Aguinaldo por Navidad hasta la suma de S/ 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512; los docentes universitarios a los que se re fi ere la Ley N° 30220; el personal de la salud al que se re fi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091; disponiéndose, que dicho Aguinaldo se incluye en la planilla de pagos del mes de diciembre del presente año; Que, asimismo, el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 014-2019 establece que los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, en el marco de la Ley N° 29849, perciben por concepto de Aguinaldo por Navidad, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a diciembre, hasta el monto al que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 del citado Decreto de Urgencia;