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9 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 El Peruano / la propuesta de modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos del Programa; Que, mediante O fi cio N° 435-2020-MIDIS/PNCM/DE de fecha 19 de noviembre de 2020, el Programa remite la propuesta de modi fi cación al Manual del Per fi les de Puestos a Servir, para su opinión; Que, mediante O fi cio Nº 638-2020-SERVIR/PE de fecha 27 de noviembre 2020, Servir remite el Informe Técnico Nº 144-2020-SERVIR/GDSRH de fecha 26 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, indicándose que la misma cumple con las exigencias normativas y metodológicas establecidas en la Directiva N° 4-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos” y su anexo 2 denominado “Guía metodológica para la elaboración del Manual de Per fi les de Puestos – MPP; Que, en ese sentido, mediante el Informe N° 157-2020-MIDIS/PNCM/UGTH de fecha 1 de diciembre de 2020, la Unidad de Gestión del Talento Humano informa sobre la opinión técnica favorable emitida por Servir respecto a la propuesta de modi fi cación del Manual de per fi les de puestos del Programa, por lo cual recomienda seguir con las acciones administrativas para su aprobación; Que, asimismo, la Unidad de Gestión del Talento Humano señala que el Programa Nacional Cuna Más está cali fi cada como una entidad tipo B, por lo que debe remitir el proyecto de Manual de Per fi les de Puestos a la O fi cina de Recursos Humanos de su entidad tipo A, con la opinión favorable de esta, la entidad tipo B remite a Servir el proyecto; Que, de acuerdo con el numeral iii) del literal a) del artículo 19 de la Directiva N° 4-2017-SERVIR/GDSRH, el Manual de Per fi les de Puestos podrá ser modi fi cado cuando existan variaciones en las funciones y/o requisitos de los perfi les de puestos contenidos en el mismo, debiendo ser sustentado por el órgano o unidad orgánica y refrendado por la O fi cina de Recursos Humanos; asimismo, de acuerdo con el literal b) del precitado artículo la aprobación de las modi fi caciones, se realiza conforme al artículo 16º de la referida Directiva; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal e) del artículo 16º de la Directiva Nº 4-2017-SERVIR/GDSRH, el Manual de Per fi les de Puestos debe ser aprobado por resolución del Titular de la Entidad o por la autoridad competente de acuerdo con su normatividad, por lo cual la aprobación de su modi fi cación debe cumplir la misma formalidad; Que, mediante Memorando Nº 583-2020-MIDIS/ PNCM/UPPM de fecha 9 de noviembre de 2020, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos del Programa; Que, mediante el Informe N° 1150-2020-MIDIS/ PNCM/UAJ de fecha 4 de diciembre de 2020, la Unidad de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modi fi cación del Manual de per fi les de puestos del Programa, en el marco de la Directiva N° 4-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos”, la “Guía metodológica para la elaboración del Manual de Per fi les de Puestos – MPP y demás normativa vigente sobre la materia; Con el visado de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Unidad de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 40-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, aprobado con Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS; y lo dispuesto en la Directiva Nº 4-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos–MPP”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1. MODIFICAR el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM de fecha 7 de julio de 2020, conforme al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2. NOTIFICAR la presente Resolución a la Unidad de Gestión del Talento Humano, a fi n de que continúe con el desarrollo de las acciones conducentes al tránsito del nuevo régimen del servicio civil de la entidad. Artículo 3. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario O fi cial “El Peruano”, en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe), en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la aprobación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN LOURDES SEVILLA CARNERO Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1910888-1 EDUCACION Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al Presupuesto Institucional de la USE 02 San Martin de Porras RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 503-2020-MINEDU Lima, 4 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 640-2019-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 10 251 570 206,00 (DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por dicha Entidad; Que, asimismo, la precitada Disposición establece que para efectos del fi nanciamiento de lo establecido en la misma, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General de la Republica, hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los OCI, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, del mismo modo, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que la resolución del titular del pliego se publica el diario o fi cial El Peruano; Que, el artículo 20 de la Directiva N° 011-2019- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada con Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia fi nanciera;