Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (24/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 24 de diciembre de 2020 El Peruano / 421-2020-PRODUCE, publicada en la edición del día 19 de diciembre de 2020, en la página 64. DICE:“Lima, 17 de noviembre de 2020” DEBE DECIR: “Lima, 17 de diciembre de 2020” 1914940-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran representante de la Universidad César Vallejo, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0668-2020-RE Lima, 18 de diciembre de 2020VISTA:La Resolución Ministerial N° 0431-2019-RE, de 14 de junio de 2019, que nombró como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados a la Magister Betty Maritza Gálvez Nores, representante de la Universidad César Vallejo, a partir del 14 de junio de 2019; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 38° del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, la calidad de miembro de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, del Colegio de Traductores del Perú, así como de los representantes de cada una de las universidades de la República donde se enseña la especialidad de Traducción tiene una vigencia de dos (02) años de duración, no renovables sino transcurrido otro periodo similar; Que, la Universidad César Vallejo, mediante O fi cio Nº 0136-2020/UCV-R, de 13 de noviembre de 2020, hace de conocimiento del Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, la designación del Licenciado Leonardo Alberto Gil Lang, como representante de la referida Universidad ante la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados nombrados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en reemplazo de la Magister Betty Maritza Gálvez Nores; Teniendo en cuenta lo señalado en el Memorándum (JTP) N° JTP00036/2020; de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, de 11 de diciembre de 2020; De conformidad con el Decreto Supremo N° 0126-2003-RE, Reglamento de Traductores Públicos Juramentados; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término al nombramiento de la Magister Betty Maritza Gálvez Nores, representante de la Universidad César Vallejo, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, con efi cacia anticipada, al 15 de noviembre de 2020. Artículo 2.- Dar las gracias a la Magister Betty Maritza Gálvez Nores por los servicios prestados en la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados.Artículo 3.- Nombrar al Licenciado Leonardo Alberto Gil Lang, representante de la Universidad César Vallejo, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, con e fi cacia anticipada, a partir del 16 de noviembre de 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ASTETE Ministra de Relaciones Exteriores 1914691-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Tacna, para el pago de los servicios de alojamiento y alimentación de connacionales beneficiados de traslado humanitarios internacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0672-2020-RE Lima, 21 de diciembre de 2020VISTO:El O fi cio N° 077-2020-GRDIS-SGPDSIO/GOB.REG. TACNA, del 11 de agosto de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Población de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades del Gobierno Regional de Tacna; CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 060-2020, Decreto de Urgencia que autoriza transferencias fi nancieras a favor de las Entidades pertenecientes al Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional no reembolsable para afrontar la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, autoriza, entre otros, al Pliego del Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional, en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, a favor de las entidades del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la fi nalidad que dichas entidades refuercen sus medidas emprendidas para la contención de la pandemia producida por el COVID-19 y mitigación de sus efectos; Que, en el numeral 2.2 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, se precisa que las entidades públicas bene fi ciarias de la transferencia fi nanciera deben presentar una solicitud en la que se indique expresamente las acciones o medidas que realizarán con esos recursos para la contención de la pandemia producida por el COVID-19 y la mitigación de sus efectos. Dicha solicitud incluirá la relación de los bienes y de los servicios para coadyuvar al control de la pandemia, así como, de ser el caso, el pago de transporte y fl etes que se requieran para la llegada a destino de los bienes donados por la cooperación internacional; Que, adicionalmente, el numeral 2.3 de dicho dispositivo legal, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Dirección responsable de la política de cooperación internacional en dicho Ministerio; Que, mediante el documento de Visto, el Gobierno Regional de Tacna, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores en el marco del Decreto de Urgencia N° 060-2020, efectuar la transferencia fi nanciera por S/ 143 140,00 (Ciento cuarenta y tres mil ciento cuarenta y 00/100 soles), para cubrir el pago de los servicios de hospedaje y alimentación de connacionales bene fi ciarios de traslados humanitarios internacionales; Que, a través del Memorándum (OPP) N° OPP01249/2020, del 15 octubre de 2020, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjuntó el Informe N° OPR0042/2020, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, sobre la opinión presupuestal favorable