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87 NORMAS LEGALES Jueves 9 de enero de 2020 El Peruano / concluir la segunda convocatoria del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; Artículo Segundo.- Disponer que la proclamación y juramentación del miembro elegido para la Junta Nacional de Justicia se realice en acto público el día 6 de enero de 2020; Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la página web institucional de la Comisión Especial. Regístrese, notifíquese y publíquese.WALTER FRANCISCO GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del PuebloPresidente de la Comisión Especial JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente del Poder JudicialMiembro ERNESTO BLUME FORTINI Presidente del Tribunal ConstitucionalMiembro NELSON EDUARDO SHACK YALTA Contralor General de la RepúblicaMiembro JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector de la Universidad Nacional de Ingenieríaen representación de las universidades públicasMiembro ANTONIO ABRUÑA PUYOL Rector de la Universidad de Piuraen representación de las universidades privadasMiembro 1843721-1 RECTIFICACIÓN Resoluciones N°s. 096, 097, 098, 0101 y 0102-2019-CE En la edición del día martes 7 de enero de 2020, las Resoluciones de la Comisión Especial a cargo del Concurso Público de Méritos para la Elección de los Miembros de la Junta Nacional de Justicia N°s. 096, 097, 098, 0101 y 0102-2019-CE fueron publicadas por error debajo del titular del Sector “Junta Nacional de Justicia”, debiendo ser su correcta publicación bajo el titular “Comisión Especial – Ley 30916” 1844000-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza que prorroga el plazo de suspensión de aplicación de disposiciones del Reglamento Integrado Normativo - RIN, aprobado por Ordenanza Nº 474-MSI ORDENANZA Nº 511-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 067-2019-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática, el Dictamen Nº 021-2019-CDUSOSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad, Obras y Servicios Municipales; el Informe Nº 106-2019-17.0.0-GPU/MSI de la Gerencia de Planeamiento Urbano; el Memorándum Nº 549-2019-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; y el Informe Nº 0572-2019-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos al proyecto de Ordenanza que prorroga el plazo de suspensión de aplicación de disposiciones del Reglamento Integrado Normativo - RIN, aprobado por Ordenanza Nº 474-MSI; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º y 195º, numerales 6 y 7, de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para plani fi car el desarrollo urbano de sus circunscripciones, y fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura local; Que, el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, prescribe que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en este contexto, mediante Ordenanza Nº 474- MSI se aprobó el Reglamento Integrado Normativo - RIN del distrito de San Isidro, que consta de cinco componentes: Norma SI-00: Generalidades; Norma SI-01: Normativa Urbanística y Edi fi catoria; Norma SI-02: Normativa de Niveles Operacionales y Estándares de Calidad; Norma SI-03: Ornato; y, Norma SI-04: Normativa para la mejora de la calidad urbana y edi fi catoria; y cuyo objeto es integrar bajo un solo cuerpo normativo, todas las normas referidas o aplicables al ámbito de la propiedad privada, un cuerpo normativo que integre la normativa urbanística y edi fi catoria, la normativa sobre niveles operacionales y estándares de calidad y la normativa referida a ornato; las mismas que serán de aplicación por las áreas que emiten licencias de edi fi cación, licencias de funcionamiento y autorizaciones; Que, a su vez, por el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 503-MSI se suspendió, por el plazo de ciento veinte (120) días calendario, la aplicación de las disposiciones del Título I “Disposiciones para promover la sostenibilidad de las zonas residenciales”, del Título IV “Generación de Espacio Público” y del Título VI “Compensación por bene fi cios ambientales del arbolado urbano existente sobre propiedad privada”, de la Norma SI-04: Normativa para la mejora de la calidad urbana y edi fi catoria, del Reglamento Integrado Normativo - RIN del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 474-MSI; Que, asimismo, mediante el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 508-MSI se prorrogó, por sesenta (60) días calendario adicionales, lo dispuesto en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 503-MSI, respecto a la suspensión de la aplicación de las disposiciones del Título I “Disposiciones para promover la sostenibilidad de las zonas residenciales”, del Título IV “Generación de Espacio Público” y del Título VI “Compensación por bene fi cios ambientales del arbolado urbano existente sobre propiedad privada”, de la Norma SI-04: Normativa para la mejora de la calidad urbana y edi fi catoria, del Reglamento Integrado Normativo - RIN del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 474-MSI; Que, por su parte, de acuerdo con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Ordenanza Nº 451-MSI y modi fi catorias, aplicable según el Decreto de Alcaldía Nº 013-2019-ALC/MSI, con el informe del visto, la Gerencia de Planeamiento Urbano indica que, considerando el alcance del Reglamento Integrado Normativo - RIN, se ha visto por conveniente publicar el proyecto de norma por un período de 30 días hábiles, en concordancia con lo establecido en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-MINJUS, siendo el principal objetivo de dicha publicación, conocer las opiniones y/o sugerencias de parte de los vecinos, entidades públicas y/o privadas, y ciudadanía en general, por lo cual resulta necesario prorrogar la suspensión temporal de la aplicación de las disposiciones de los Títulos I, IV y VI de la Norma SI-04 del Reglamento Integrado Normativo - RIN del