Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2020 (28/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 28 de enero de 2020 /

El Peruano

organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1849717-1

texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al nuevo Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República

PRODUCE
RECTIFICACIÓN FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 032-2019-INACAL/DN En el texto introductorio de la Fe de Erratas publicada en la edición del viernes 24 de enero de 2020, página 43; dice: "Resolución Directoral Nº 032-2020-INACAL/DN", debe decir: "Resolución Directoral Nº 032-2019-INACAL/DN". 1849720-1

GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1849723-1

SALUD
Aprueban Documento Técnico "Modelo de Cuidado Integral de Salud por Curso de Vida para la Persona, Familia y Comunidad (MCI)"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2020/MINSA Lima, 27 de enero del 2020 Visto, el Expediente Nº 19-106104-063 que contiene el Informe Nº 013-2019-DIVICI-DGIESP/MINSA y el Memorándum Nº 5006-2019-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los numerales I, II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, garantizando una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas; Que, el artículo 4 de la Ley precitada dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva. Asimismo, el articulo 4-A incorporado a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, a través de la Ley Nº 30895, Ley que Fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud, en su condición de ente rector y dentro del ámbito de sus competencias, determina la política, regula y supervisa la prestación de los servicios de salud, a nivel nacional, en las siguientes instituciones: Essalud, Sanidad de la Policía Nacional del Perú, Sanidad de las Fuerzas Armadas, instituciones de salud del gobierno nacional y de los gobiernos regionales y locales, y demás instituciones públicas, privadas y público-privadas; Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por la Ley Nº 30895, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania relativa al proyecto "TRANSPerú - NAMA de Transporte Urbano Sostenible en el Perú" (componente de cooperación financiera)
DECRETO SUPREMO N° 005-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania relativa al proyecto "TRANSPerú ­ NAMA de Transporte Urbano Sostenible en el Perú" (componente de cooperación financiera) fue formalizado mediante nota verbal N° 0541/2019 del 18 de noviembre de 2019 de la Embajada de la República Federal de Alemania, y nota RE (DAE) N° 6-5/83 del 11 de diciembre de 2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania relativa al proyecto "TRANSPerú ­ NAMA de Transporte Urbano Sostenible en el Perú" (componente de cooperación financiera) formalizado mediante nota verbal N° 0541/2019 del 18 de noviembre de 2019 de la Embajada de la República Federal de Alemania, y nota RE (DAE) N° 6-5/83 del 11 de diciembre de 2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el

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