Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2020 (05/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de febrero de 2020 /

El Peruano

correspondiente Certificado de Búsqueda Catastral con fines de determinar la superposición gráfica con partidas registrales y la consecuente identificación de todos los administrados cuyos intereses o derechos podrían verse afectados por el acto administrativo que se persigue, así como el cruce de información con otros entes generadores de catastro que permita determinar si existen áreas con otros derechos superpuestos; Que, mediante Informe Nº 000023-2020-DGPA-LRS/ MC, de fecha 31 de enero de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble sostiene que la solicitud formulada por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se encuentra dentro de los alcances del numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; por lo que recomienda la emisión de acto resolutivo concediendo la prórroga de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Playa Chica (Sector 1, 2 y 3)", ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, por el plazo de un año adicional al otorgado con Resolución Directoral N° 037-2019/DGPA/VMPCIC/MC, a fin de que se concluya con el procedimiento de identificación, declaración y delimitación definitiva del referido monumento arqueológico prehispánico; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCICMC; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Playa Chica (Sector 1, 2 y 3)", ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, por el término de un año adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 0372019/DGPA/VMPCIC/MC, de fecha 31 de enero de 2019, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 06 de febrero de 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Quinto.- ANEXAR a la presente resolución, el Informe N° 000015-2020-DSFL-ARD/MC, el Informe N° 000055-2020-DSFL/MC, y el Informe Nº 000023-2020-DGPA-LRS/MC, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJÍA HUAMÁN Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble - DGPA 1851840-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad Territorial Tumbes del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000051-2020-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 4 de febrero de 2020 VISTOS: El Informe N° D000038-2020-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000081-2020-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de confianza de Jefa/e de la Unidad Territorial Tumbes del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, se ha visto por conveniente designar al profesional que ocupará el mencionado cargo; Que, a través de los informes del visto, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que corresponde efectuar la designación del titular del cargo mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modificatorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor ALBERTO JAVIER KAMAHARA RAZURI en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad Territorial Tumbes del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, hacer de conocimiento de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectué la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese. FREDY HERNAN HINOJOSA ANGULO Director Ejecutivo Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1852114-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Directora Ejecutiva del FONAFE
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 003-2020-EF Lima, 4 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 12 del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial

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