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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (13/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 13 de febrero de 2020 / El Peruano CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Noruega, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Antonio Otero Zapata. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1855109-8 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua RESOLUCIÓN SUPREMA N° 034-2020-RE Lima, 12 de febrero de 2020CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Esteban Massa Murazzi. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1855109-9 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0090-2020-MTC/01 Lima, 12 de febrero de 2020 VISTOS: El O fi cio N° 051-2020-MTC/34 del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos y el Memorando N° 298-2020-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modi fi ca la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos–Lima 2019”, dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos (en adelante, el Proyecto Especial), para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, el 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) y el Comité Olímpico Peruano (COP), con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través del cual se de fi nieron las condiciones bajo las que se realizará la preparación y desarrollo de los referidos Juegos; y, el 14 de setiembre de 2017 se suscribe la Adenda correspondiente al mencionado Acuerdo; Que, el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad de legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el primer trimestre del 2020, a realizar transferencias fi nancieras a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) ahora Panam Sports, entre otros, con el fi n de atender las obligaciones derivadas de la realización de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, por los ingresos por concepto de venta de entradas, licencias de uso y patrocinios; en el marco de los compromisos y obligaciones asumidos por el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL–PERÚ); precisando que, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan mediante resolución