Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2020 (29/02/2020)
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NORMAS LEGALES
Sábado 29 de febrero de 2020 /
El Peruano
Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1860144-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 584/MDC Comas, 20 de febrero de 2020 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de febrero de 2020, el Informe N° 005-2020-SGSP-
GPPR/MDC de la Subgerencia de Gestión de Procesos conteniendo la Exposición de Motivos y el Informe Técnico, el Informe N° 020-2020-GPPR/MDC de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 55-2020-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Dictamen N° 003-2020-CAJ/MC de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Distrital de Comas, el Dictamen N° 002-2020-CEAFPP de la Comisión Permanente de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas y la Moción de Orden del Día; respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS APROBATORIAS Y LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como el Anexo (TUPA) en el Diario Oficial El Peruano y en su Portal Web, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación se publicará en el medio impreso del Diario Oficial El Peruano, tal como se dispone en el Art. 38.2 de la Ley Nº 27444. Adicionalmernte, la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como su respectivo Anexo (TUPA), se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán mediante oficio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, en el Diario Oficial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modificación, así como su respectivo Anexo (TUPA) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Asimismo, en el Oficio precisarán que: "el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo tupaweb@editoraperu.com.pe, son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad". 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA o su modificación, se recibirá en medio impreso refrendado por persona autorizada y adicionalmente en archivo electrónico mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe. b) El anexo (TUPA) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a tupaweb@ editoraperu.com.pe, mas no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. c) El tipo de letra Arial. d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. e) El interlineado sencillo. f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página. h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modificación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: Nombre de la institución. Tipo y número de la norma. Fecha de emisión. Nombre y cargo de la autoridad que firma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
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