Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2020 (29/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

Sábado 29 de febrero de 2020 /

El Peruano

"El Peruano" como en el Diario de Avisos Judiciales "La República", en ese sentido, se encarga que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web Institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los cinco días del mes de noviembre del 2019. RONAL V. BERNAL HUARCA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil diecinueve. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional Arequipa 1858822-1

Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil diecinueve. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional Arequipa 1858822-2

Declaran de interés público regional la conservación y protección de varios ecosistemas frágiles existentes en la Región Arequipa
ORDENANZA REGIONAL Nº 419-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Estando a las consideraciones desarrolladas en la Exposición de Motivos y en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL LA CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE VARIOS ECOSISTEMAS FRÁGILES EXISTENTES EN LA REGIÓN AREQUIPA Artículo 1º.- DECLARAR de interés público regional la conservación y protección de los Ecosistemas Costeros y Litorales reconocidos como Ecosistemas Frágiles mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 153-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de julio del 2018 e incorporados en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles abierta mediante Resolución Ministerial Nº 0274-2013-MINAGRI: · Loma Marconi, en el distrito de Lomas, Provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa · Loma Cápac, en los distritos de Chaparra y Chala, Provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa. · Loma Camaná, en los distritos de Quilca, Samuel Pastor, Nicolás de Piérola, Provincia de Camaná y en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa. · Loma Hornillos, en el distrito de Quilca, Provincia de Camaná y en el Distrito de Islay, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. · Loma Yuta, en los distritos de Mollendo e Islay de la Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. · Loma Cachendo, en los distritos de Deán Valdivia, Mejía y Cocachacra de la Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. · Loma Amoquinto, en el distrito de Punta de Bombón, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. Artículo 2º.- DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Autoridad Regional Ambiental­ARMA-, elabore en el término de 60 días calendario el plan de acciones estratégicas para la conservación y protección de los Ecosistemas Frágiles a que se refiere el artículo anterior, debiéndose considerar entre tales acciones las evaluaciones para completar el registro de biodiversidad. Artículo 3º.- SEÑALAR que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Ordenanza Regional que declara celebrar y conmemorar el 29 de mayo de cada año el "Día de la Poesía Costumbrista Arequipeña"
ORDENANZA REGIONAL Nº 418-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA; Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA CELEBRAR Y CONMEMORAR EL 29 DE MAYO DE CADA AÑO EL "DÍA DE LA POESÍA COSTUMBRISTA AREQUIPEÑA" Artículo 1º.- De la declaratoria del Día de la Poesía Costumbrista Arequipeña Disponer que cada 29 de mayo de todos los años, se institucionalice la celebración del Día de la Poesía Costumbrista Arequipeña, con la finalidad de fortalecer un sentimiento de pertenencia e identidad en el ámbito regional. Artículo 2º.- De su implementación Encargar a la Gerencia Regional de Educación de la Región Arequipa, incluir su observancia en el Proyecto Educativo Regional, como parte de los temas de diversificación curricular. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los cinco días del mes de noviembre del 2019. RONAL V. BERNAL HUARCA Presidente del Consejo Regional de Arequipa

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