TEXTO PAGINA: 3
3 NORMAS LEGALES Lunes 20 de julio de 2020 El Peruano / DECRETA: Artículo 1. Objeto El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera para el fortalecimiento de la atención de la salud del personal policial afectado por el COVID-19, la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú y del Sector Interior, así como fi nanciar inversiones para incrementar la seguridad ciudadana en el marco de la nueva convivencia social, establecida en los Decretos Supremos Nº 094-2020-PCM y Nº 116-2020-PCM. Artículo 2. Transferencia de partidas para fi nanciar el egreso excepcional de Cadetes de la Escuela de Ofi ciales y alumnos de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 96 221 372,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio del Interior, para fi nanciar el egreso de ciento ochenta y siete (187) Cadetes de la Escuela de O fi ciales, promoción 2016 y cuatro mil novecientos cincuenta y cinco (4 955) alumnos de las diferentes Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional, promoción 2019-1, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 96 221 372,00 ===========TOTAL EGRESOS 96 221 372,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP CATEGORIA PRESUPUESTARIA 0030 : Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana PRODUCTO 3000355 : Patrullaje por sectorACTIVIDAD 5003046 : Patrullaje policial por sectorFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales 92 025 500,002.3 Bienes y servicios 4 195 872,00 ===========TOTAL EGRESOS 96 221 372,00 =========== 2.2 Para fi nes de lo dispuesto en el numeral precedente, exonérese al Pliego 007: Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2020, de lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, para el egreso anticipado de Cadetes de la Escuela de O fi ciales y alumnos de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú, y su asignación en las regiones policiales de acuerdo a los planes estratégicos operativos de la Policía Nacional del Perú, prioritariamente en aquellas zonas con mayor índice delictivo con el fi n de fortalecer la capacidad operativa y mantener el orden público. 2.3 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.5 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruye a la Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo. 2.6. Corresponde al Ministerio del Interior efectuar la publicación, en su portal institucional web, del código de plaza asignado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos del Sector Público (AIRHSP) del personal policial dado de alta; en un plazo no mayor a quince (15) días calendario posterior a la publicación del presente Decreto de Urgencia. Dicha información es remitida al Ministerio de Economía y Finanzas dentro del mismo plazo establecido. Artículo 3. Transferencia de partidas para fi nanciar la contratación de personal civil a fi n de fortalecer la gestión de la Policía Nacional del Perú 3.1. Autorízase, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio del Interior, hasta por la suma de S/ 13,009,942.00 (TRECE MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para fi nanciar la contratación de personal civil a desempeñarse en las unidades orgánicas que requiera la Policía Nacional de Perú bajo la modalidad del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro del Interior, a solicitud de este último. Para tal fi n, a la mencionada solicitud se deberá adjuntar un informe de la Policía Nacional del Perú indicando la necesidad de contar con personal civil para mejorar la operatividad de la Policía Nacional del Perú en el marco de la nueva convivencia social, generada por la emergencia sanitaria a causa del COVID-19, priorizando el personal especialista en materia de contrataciones de las unidades ejecutoras de la Policía Nacional del Perú. Asimismo, deberá adjuntar un informe de la Policía Nacional del Perú respecto al listado de personal policial, precisando su código de plaza, que pasará a realizar labores efectivas y a tiempo completo en funciones de seguridad ciudadana, así como la dependencia de destino. Corresponde al Ministerio del Interior efectuar las actualizaciones que correspondan en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.2 Durante el plazo de vigencia del presente Decreto de Urgencia, se exonera al Ministerio del Interior de lo dispuesto en el artículo 8 de Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para la contratación de personal civil referido en el numeral precedente. 3.3 Los per fi les de puestos de los contratos administrativos de servicios, así como la documentación que sustenta el cumplimiento de los requisitos del per fi l por parte del personal en proceso de vinculación a los que hace referencia el numeral 3.2 son registrados en el Portal Talento Perú, administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.