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46 NORMAS LEGALES Viernes 5 de junio de 2020 / El Peruano Corte Superior de Justicia de Madre de Dios - Juzgado Civil Transitorio - Tambopata Corte Superior de Justicia de Moquegua - Juzgado Civil Transitorio - Ilo Corte Superior de Justicia de Pasco - Juzgado de Familia Transitorio - Pasco Corte Superior de Justicia de Piura - 1° Juzgado de Familia Transitorio - Piura- 2° Juzgado de Familia Transitorio - Piura- Juzgado Civil Transitorio - Paita- Juzgado de Trabajo Transitorio - Paita- 3° Juzgado de Trabajo Transitorio - Piura- 4° Juzgado de Trabajo Transitorio - Piura- 5° Juzgado de Trabajo Transitorio - Piura- Sala Laboral Transitoria - Piura Corte Superior de Justicia de San Martín - Juzgado Civil Transitorio - Tocache- Juzgado de Trabajo Transitorio - Moyobamba Corte Superior de Justicia del Santa - Juzgado de Trabajo Transitorio - Chimbote Corte Superior de Justicia de Sullana - Juzgado Civil Transitorio - Ayabaca- Juzgado Civil Transitorio - Sullana- Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Pariñas- 1º Juzgado de Trabajo Supraprovincial Transitorio - Sullana - 2º Juzgado de Trabajo Supraprovincial Transitorio - Sullana - Juzgado de Trabajo Transitorio - Talara (Pariñas)- Sala Laboral Transitoria - Sullana Corte Superior de Justicia de Tacna - Juzgado Civil Transitorio - Tacna Artículo Segundo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores del país, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones Corridas Nros. 004, 031 y 057-2020-CE-PJ y las medidas de emergencia sanitaria, dispondrán las acciones pertinentes a fi n de agilizar la descarga procesal de todos los órganos jurisdiccionales transitorios asignados. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1867237-1 Incorporan a la Corte Superior de Justicia de Sullana en el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000161-2020-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2020VISTO: El O fi cio Nº 072-2020-P-ETIIOC-CE-PJ cursado por el señor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, y de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. CONSIDERANDO : Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 124-2018-CE-PJ, de fecha 26 de abril de 2018, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, elaborado por el Centro de Estudios de Justicia de las Américas - CEJA. El mencionado documento tiene por objetivo apoyar la implementación de un proyecto piloto basado en la creación de una o fi cina judicial que asuma las funciones administrativas, de mero trámite y de gestión de audiencias, que le corresponda a un número de juzgados civiles de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y/o Lima. Segundo . Que, a través de la citada resolución se conformó una Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, la misma que fue actualizada mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 208-2018-CE-PJ y 054-2019-CE-PJ. Tercero . Que, por Resolución Administrativa N° 229-2019-CE-PJ se aprobó la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, que tendrá la fi nalidad de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral. Asimismo, mediante la Resolución Administrativa N° 351-2019-CE-PJ se ordenó a todas las Cortes Superiores de Justicia, que los pedidos de implementación de la Oralidad Civil aborden los tópicos señalados en la “Matriz de Componentes Mínimos” que deben acompañar a los planes de implementación; y fi nalmente, por Resolución Administrativa N° 374-2019-CE-PJ, se creó el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Cuarto. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 049-2020-CE-PJ de fecha 29 de enero de 2020, se aprobó el “Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”; así como el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”. Asimismo, mediante la Resolución Administrativa N° 015-2020-P-CE-PJ del 4 de febrero de 2020, se aprobaron: a) Reglamento de Actuación para los Módulos Civiles Corporativos de Litigación Oral, b) Procedimiento de Actuación del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, c) Procedimiento de Actuación de los Juzgados Especializados del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral; y d) Procedimiento de Actuación de la Sala Superior del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Ambas resoluciones administrativas autorizaron los instrumentos normativos citados y dispusieron su aplicación por las Cortes Superiores de Justicia del país, tanto en aquellas que se encuentran implementadas bajo el modelo de litigación oral, como en aquellas Cortes Superiores que por aprobación del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial implementen dicho modelo. Quinto. Que, dentro de dicho contexto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana solicita su incorporación al “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, adjuntando el acta de manifestación de voluntad suscrito por los jueces que conforman los órganos jurisdiccionales que conocen procesos civiles; para que se realicen las gestiones correspondientes a fi n de implementar el referido proyecto piloto. Para dicho propósito, es necesario que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Oralidad Civil elabore y remita el plan de implementación de la Oralidad y la Matriz de Control de Componentes Mínimos, tal como dispone la Resolución Administrativa N° 351-2019-CE-PJ. Sexto. Que, el señor Consejero Responsable de Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, y de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder