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11 NORMAS LEGALES Jueves 26 de marzo de 2020 El Peruano / alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante la Ordenanza Nº 385-2020/MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 29 de febrero de 2020, se amplió la vigencia del vencimiento de pago del primer trimestre de los tributos municipales (impuesto predial y arbitrios municipales) y la vigencia del bene fi cio por pronto pago, en cuya tercera disposición complementaria se dispuso la facultad al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante el Informe Nº 0699-2020-SR-GAT- MDCH de la Subgerencia de Rentas, y el Informe Nº 089-2020-GAT-MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 14 de marzo de 2020 remite a la Gerencia Municipal la propuesta para ampliar la vigencia del vencimiento de pago de la Primera Cuota del Primer Trimestre de los Tributos Municipales (Impuesto predial y Arbitrios municipales) hasta el 30 de abril de 2020 y la vigencia del bene fi cio por pronto pago hasta el 30 de junio de 2020; la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante el Informe Nº 186-2020-GAJ-MDCH de fecha 16 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 385-2020/MDCH; Que, estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 385-2020/MDCH que amplía la vigencia del vencimiento de pago del Primer Trimestre de Tributos Municipales (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 30 de abril de 2020) y la vigencia del bene fi cio por pronto pago hasta el 30 de junio de 2020. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo 3º.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la página Web Institucional. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1865155-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 375- 2019/MDCH que aprueba otorgar beneficios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas a los administrados del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2020-MDCH Chorrillos, 23 de marzo de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS, VISTOS:El Proveído Nº 604-2020-GM-MDCH, de fecha 23 de marzo de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 185-2020GAJ-MDCH de fecha 16 de marzo de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 088-2020-GAT-MDCH de fecha 13 de marzo de 2020 e Informe Nº 0552-2020-SR-GAT-MDCH de fecha 13 de marzo de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y de la Subgerencia de Rentas respectivamente, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de noviembre de 2019, se estableció otorgar bene fi cios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas a los administrados del distrito de Chorrillos, a fi n de sanear su situación de morosidad y motivar al pago de sus deudas, en cuya tercera disposición complementaria se dispuso la facultad al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, a través de Decreto de Alcaldía Nº 008-2019- MDCH del 27 de noviembre de 2019 se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH, que aprueba otorgar bene fi cios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas a los administrados del distrito de Chorrillos, hasta el 21 de diciembre de 2019; Que, a través de Decreto de Alcaldía Nº 010-2019- MDCH de 19 de diciembre de 2019, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH que aprueba otorgar bene fi cios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas a los administrados del distrito de Chorrillos, hasta el 31 de marzo de 2020; Que, mediante el Informe Nº 0552-2020-SR-GAT- MDCH de la Subgerencia de Rentas, y el Informe Nº 088-2020-GAT-MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 13 de marzo de 2020 remite a la Gerencia Municipal la propuesta de prórroga de la vigencia de pago de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH hasta el 30 de junio de 2020, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario ofi cial “El Peruano”; Que, mediante el Informe Nº 185-2020-GAJ-MDCH, de fecha 16 de marzo de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de pago de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH; Que, estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH que aprueba otorgar