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42 NORMAS LEGALES Martes 12 de mayo de 2020 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan el plazo del vencimiento de “Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias en el Distrito de Comas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2020-MDC Comas, 8 de mayo del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO:El Informe Nº 013-2020-MDC/GAT, de fecha 27 de abril de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 158-GAJ-MDC, de fecha 28 de abril de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre ampliación de la prórroga del Bene fi cio de Regularización de Deudas Tributarias, para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de Comas, otorgado mediante Ordenanza Nº 586-MDC; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2020 de fecha 15 de marzo del 2020 se establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM en la que se declara estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVIF-19 estableciendo el aislamiento social obligatorio, así como el Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM que fi ja el aislamiento social obligatorio hasta el 10 de mayo para reducir contagios; Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 586-2020-MDC, se estableció el Bene fi cio de Regularización de deudas Tributarias del Impuesto Predial y del Arbitrio Municipal, fi jándose su vigencia hasta el 30 de abril del presente ejercicio en el Distrito de Comas; Que, la primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 586-2020-MDC, dispuso facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación y ejecución de la referida Ordenanza inclusive ampliar el vencimiento de los bene fi cios; Que, habiéndose aprobado el presente acto el 28 de abril del 2020, empero, por la situación del Estado de Emergencia Nacional, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, no se logró publicar el presente en el Diario Ofi cial “El Peruano” en el mes de abril del 2020; por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17º numeral 17.1 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-JUS, establece que, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción, se dispone el presente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, con e fi cacia anticipada al 30 de abril del 2020, el plazo del vencimiento de los bene fi cios establecidos mediante Ordenanza Municipal Nº 586/MDC “Bene fi cio de Regularización de Deudas Tributarias en el Distrito de Comas” hasta el 31 de julio del 2020. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe), y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAUL DÍAZ PÉREZ Alcalde 1866223-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Establecen Beneficio “Actualízate”, por regularización de Declaración Jurada y amnistía de deudas tributarias y no tributarias en el distrito ORDENANZA Nº 278-2020-MDP Pucusana, 30 de marzo del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, por el cual, se establece que las Municipales Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, concordante con norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y con el art. 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasa arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la Ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que, excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que administren, en caso de contribuciones o tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, la Subgerencia de Registro Tributario y Recaudación y la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, proponen la Ordenanza que establece el Bene fi cio “Actualízate” por regularización de deudas Tributarias y No Tributarias en el Distrito de Pucusana, señalando que los bene fi cios propuestos, buscan incentivar a los contribuyentes al pago de los mismos, respecto a los periodos vencidos e incentivar el cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales en el caso de los subvaluadores y omisos, permitiendo reducir el porcentaje del índice de morosidad de deudas tributarias, lograr el incremento de la recaudación y la ampliación de la base de datos para la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales;