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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (10/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 10 de octubre de 2020 El Peruano / Directora de Urbanismo y Desarrollo Urbano (Tamara Alva Olortegui) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, manifiesta que al haberse otorgado con fecha 17 de septiembre de 2020, la conformidad al Sexto Entregable: Versión Final (Post Consulta), se inicia el Séptimo Entregable: Publicación de la Ordenanza, contándose con un plazo de quince (15) días calendarios, precisando que en mérito al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de Huarmey para el elaboración de los Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, es compromiso de la Municipalidad coordinar, gestionar y aprobar los planes, mediante Ordenanza Municipal en el citado plazo. Asimismo, manifiesta que para la aprobación e implementación de los planes se tiene previsto realizar capacitaciones sobre la implementación de proyectos y uso del GEOPLAN para facilitar la toma de decisiones sobre las ciudades y territorios, enfatizando que los planes son instrumentos para generar oportunidades de inversión y ordenamiento para las ciudades y territorios. Que, el Presidente del Comité de Gestión y Control, así como el Coordinador Municipal para la formulación de los Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 639-2019MPH-A, de fecha 07 noviembre del 2019, dan cuenta de las actividades realizadas durante el proceso de elaboración del Plan de Acondicionamiento Territorial de Huarmey; Que, mediante el Informe Nº 287-2020-MPH-GGT de fecha 17 de setiembre de 2020, la Gerencia de Gestión Territorial y Coordinador del Plan de Desarrollo Urbano y Plan de Acondicionamiento Territorial de la Ciudad de Huarmey, mani fi esta que luego de la revisión de la versión fi nal de los planes de desarrollo Urbano y Plan de Acondicionamiento Territorial correspondiente a la provincia de Huarmey se da por aprobado dichos estudios y cumple con lo establecido en el marco legal vigente. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 0135-2020-MPH-GAJ, de fecha 17 de setiembre del 2020, opina que mediante Ordenanza Municipal se apruebe EL PLAN DE DESARROLLO URBANO Y EL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE HUARMEY, elaborado por el consultor de estudios IDOM consuting, Engineering, Architecture S.A, en mérito al convenio de cooperación interinstitucional para la elaboración de planes de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano en el marco de la Reconstrucción con Cambios Nº 360-2018-VIVIENDA; Que, con Dictamen Nº 004-2020-MPH-CDUyR de fecha 18 de setiembre del 2020 la Comisión de Desarrollo urbano y Rural emite por UNANIMIDAD: 1) Aprobar mediante Ordenanza Municipal el Plan de Desarrollo Urbano y Plan de Acondicionamiento Territorial de la Ciudad de Huarmey, 2) Disponer la Publicación en el Diario O fi cial el Peruano, para conocimiento de la población, conforme lo dispone el artículo 44ª de la ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades y el íntegro del anexo antes referido en el portal institucional de la Entidad; Que, de acuerdo con el numeral 6.5 de la Cláusula Sexta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Elaboración de Planes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano en el marco de la Reconstrucción con Cambios Nº 360-2018-VIVIENDA, la Municipalidad se compromete a coordinar gestionar y aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de Huarmey conforme a su Anexo Único, mediante Ordenanza Municipal en un plazo máximo de quince (15) días calendario contados a partir de la entrega del levantamiento de las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones formuladas en caso de haberse producido; Que, es un objetivo fundamental contar con un instrumento técnico-normativo de vital importancia como es el Plan de Acondicionamiento Territorial, que coadyuve a la Municipalidad Provincial de Huarmey a mejorar la gestión del ámbito territorial de la provincia de Huarmey, en aspectos relacionados al acondicionamiento territorial, el mismo que comprende la ocupación y uso plani fi cado del territorio, la organización físico espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribución, jerarquía, roles y funciones de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural, la conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural, el desarrollo de la inversión pública y privada entre otros; Estando a lo acordado por los miembros de la Comisión de Desarrollo urbano y Rural y de conformidad con el numeral 4) del artículo 9, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Reglamento Interno del Concejo Municipal, la Comisión de Desarrollo Urbano y rural, y con el voto UNANIMIDAD del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT) 2020- 2040 / PLAN DE DESARROLLO URBANO (PDU) 2020 – 2030 DE LA CIUDAD DE HUARMEY Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT) 2020-2040 / PLAN DE DESARROLLO URBANO (PDU) 2020 – 2030 DE LA CIUDAD DE HUARMEY, elaborado por el Consultor de Estudios IDOM Consulting, Engineering, Architecture S.A, en mérito al Convenio de Cooperación Interinstitucional para la para la Elaboración de Planes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en el Marco de la Reconstrucción con Cambios Nº 360-2018-VIVIENDA, suscrito por esta Municipalidad con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el 02 de octubre del 2018, como instrumento de plani fi cación y gestión, el mismo que está conformado por los componentes técnicos siguientes: - Resumen Ejecutivo - Capítulo I: Diagnóstico Territorial- Capítulo II: Propuestas Generales- Capítulo III: Propuestas Especí fi cas - Capítulo IV: Programa de Inversiones y Gestión- Anexos Artículo Segundo.- Disponer la Publicación en el Diario O fi cial el Peruano, para conocimiento de la población, conforme lo dispone el artículo 44ª de la ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo publíquese en el Portal Institucional de la Entidad ( para su respectiva difusión. Artículo Tercero.- REMITIR la presente a la Gerencia de gestión territorial, Gerencia de Infraestructura y Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanza, con la fi nalidad que en el marco de sus competencias realicen la actualización de la información a su cargo y demás acciones que de acuerdo a ley corresponde. Artículo Cuarto.- Los aspectos que no pudieran haberse contemplado en el presente Plan de Acondicionamiento Territorial, así como su respectiva reglamentación, serán resueltos de acuerdo a las normas vigentes y mediante Ordenanza Municipal aprobada por el Concejo Municipal Provincial Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE al Despacho de Alcaldía dictar los procedimientos administrativos que se requieran para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELMER ALFONSO DUEÑAS ESPÍRITU Alcalde 1891691-1