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86 NORMAS LEGALES Sábado 10 de octubre de 2020 / El Peruano la salud y prevenir los riesgos y daños a la salud regula y fi scalizar los bienes y servicios de salud; organizar y promover la atención integral de servicios públicos y privados con calidad, considerando los determinantes de la salud centrados en satisfacer las necesidades de salud de las personas, familias y las comunidades, priorizando a los más vulnerables y excluidos. La Dirección Regional se constituye en la autoridad sanitaria regional, responsable de formular, adecuar, implementar, evaluar y controlar las políticas del sector salud en el ámbito del Departamento de San Martín. Por otro lado el numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización establece que la Autonomía Administrativa; es la facultad de organizarse internamente y de reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad, el literal e) del artículo 35º de la Ley en mención establece como competencia exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de presupuesto; y mediante Ordenanza Regional Nº 023-2018-GRSM/CR, el Gobierno Regional de San Martín aprueba la modi fi cación al Reglamento de Organización y Funciones. Así mismo, las O fi cinas de Gestión de Servicios de Salud OGESS son organos desconcentrados de la Dirección Regional de Salud, responsable de la gestión sanitaria territorial, la provisión de servicios de salud y de asegurar los servicios de apoyo requeridos por los establecimientos de salud (IPRESS) de Nivel I y II de atención que conforman la red asistencial del ámbito de su responsabilidad. Todo ello con el objetivo de asegurar las atenciones de salud en function a las necesidades de la población, asi como de proponer e implementar en su ámbito, políticas, normas y procesos relacionados a la salud. Ahora bien, del Manual de Operaciones de las Ofi cinas de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional OGESS aprobado mediante Resolución Directoral Regional Nº 137-2018 de fecha 10 de mayo del 2018, se puede desprender de su artículo 5º que se identi fi can como O fi cinas de Gestión de Servicios de Salud 0GESS las siguientes a) O fi cina de Gestión de Servicios de Salud Alto Mayo, b) O fi cina de Gestión de Servicios de Salud Bajo Mayo, e) O fi cina de Gestión de Servicios de Salud Huallaga Central, y d) O fi cina de Gestión de Servicios de Salud Alto Huallaga. En tal sentido, para la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la O fi cina de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializadas, se deberá tomar en consideración lo descrito por el del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” y que en el artículo 55º.- Informe Técnico y Aprobado del MOP establece que: 55.1 La Propuesta de Manual de Operaciones se sustenta en un informe técnico que justi fi que sus estructura y los mecanismos de control y coordinación, 55.2 EL MOP se aprueba por el titular del sector del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía en caso de Gobiernos Regionales o Locales. Que, para el presente caso en la cual se busca la aprobación del “Manual de Operaciones - MOP de la Ofi cina de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializadas”. se deberá tener en cuenta lo establecido en el numeral 55.2 del artículo 55º Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, teniendo en cuenta que para la aprobación del Manual de Operación MOP se debe realizar mediante Decreto Regional. Finalmente, teniendo a la vista el informe técnico sustentario del Manual de Operaciones - MOP de la ofi cina de gestión de servicios de salud especializados de alcance regional - OGESS Especializada, así como la opinión favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional emitido mediante Nota informativa Nº 133- 2018-GRSM/GRPyP-SGDI de fecha 24 de setiembre del 2018; así como el informe legal Nº 656-2018- GRSM/ORAL de fecha 25 de setiembre del 2018 que opina de manera favorable la aprobación Mediante Decreto Regional el Manual de Operaciones - MOP de la o fi cina de gestión de servicios de salud especializados de alcance regional - OGESS; y siendo este un requisito indispensable para la aprobación de acuerdo a lo establecido en el numeral 55.1 del artículo 55º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, este despacho procede a resolver. Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades y atribuciones conferidas de conformidad con el artículo 40 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902 y el Reglamento de Organización y funciones, con las visaciones de la O fi cina Regional de Asesoría Legal, la Gerencia General Regional, y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR Manual de Operaciones - MOP de la O fi cina de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializadas, en virtud al informe técnico sustentatorio S/N del Manual de Operaciones - MOP de la O fi cina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS, de conformidad con los numeral 55.1 y 55.2 del artículo 55º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de la Región San Martín las acciones administrativas para la publicación y difusión de la aprobación del Manual de Operaciones - MOP de la Ofi cina de servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada, para su aplicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR MANUEL NORIEGA REÁTEGUI Gobernador Regional 1892265-1 Aprueban “Ampliación del Informe Técnico Sustentatorio del Manual de Operaciones - MOP de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializada de Alcance Regional - OGESS Especializado”, e incorporan como documento técnico sustentatorio (Se publica el presente Decreto Regional a solicitud del Gobierno Regional San Martín, mediante O fi cio N° 467-2020-GRSM-ORA, recibido el 9 de octubre de 2020) DECRETO REGIONAL Nº 003-2018-GRSM/GR Moyobamba, 16 de octubre de 2018VISTO:El Expediente Nº 001-2018081646, que contiene la Notar Informativa Nº 277-2018-GRSM/GRPyP, DEL 15 DE octubre del 2018 y la Nota Informativa Nº 143-2018- GRSM/GRPyP-SGDI del 15 de Octubre del 2018, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización – Ley 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, Ley Nº 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia. Que, mediante Decreto Regional Nº 002-2018-GRSM- CR, del 27 de setiembre del 2018, se aprobó el Manual de Operaciones – MOP de la O fi cina de Servicios de Salud Especializada de Regional – OGESS Especializada, en Virtud al Informe Técnico Sustentatorio S/N del Manual de