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88 NORMAS LEGALES Sábado 10 de octubre de 2020 / El Peruano de Operaciones de Salud, Dirección de Recursos Humanos, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial y O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección Regional de Salud de San Martín; Que, por razones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 009-2018-GRSM/GR de fecha 03 de enero del 2018, y Ordenanza Regional Nº 021-2017-GRSM/CR, de fecha 13 de octubre del 2017, que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de San Martín. SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR EL MANUAL DE OPERACIONES DE LAS OFICINAS DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE SALUD- OGESS, de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional San Martín, de conformidad a los considerandos expuestos, que en anexo forma parte de la presente resolución 40 folios. Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente Resolución a las instancias correspondientes para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.LUIS RODRIGUEZ BENAVIDES Director RegionalDirección Regional de Salud San Martín 1892259-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 549-2020-MDB Mediante O fi cio Nº 280/2020-SG-MDB, la Municipalidad Distrital de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 549-2020-MDB, publicada en la edición del día 30 de setiembre de 2020. • En el segundo párrafo del inciso d) del Artículo 5º: DICE:“(...) deberá previamente solicitar el quiebre del fraccionamiento conforme a lo establecido en el inciso e) del Artículo 5º de la presente ordenanza.” DEBE DECIR:“(...) deberá previamente solicitar el quiebre del fraccionamiento conforme a lo establecido en el inciso f) del Artículo 5º de la presente ordenanza.” • En el Artículo 9º: DICE: “La presente ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de Diciembre del año 2021.” DEBE DECIR: “La presente ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de Diciembre del año 2020.” 1892300-1MUNICIPALIDAD DE LINCE Encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Lince RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 106-2020-MDL Lince, 8 de octubre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Informe Nº 065-2019-MDL-GAT-SEC, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, y el Memorando Nº 236-2020-MDL/GAT, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 343-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Recursos Humanos, sobre encargatura temporal por necesidad de servicios de un Ejecutor Coactivo, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Informe Nº 065-2019-MDL-GAT- SEC, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, informa que, dada la carga laboral de dicha subgerencia, se ha advertido la necesidad de contar temporalmente con un ejecutor coactivo, con la fi nalidad de mejorar la recaudación de las deudas por cobrar de años anteriores y el recupero de adeudos tributarios del presente ejercicio; Que, mediante el Memorando Nº 236-2020-MDL/ GAT, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, rati fi ca la necesidad de contar con un Ejecutor Coactivo, a fi n de cumplir con los objetivos y metas institucionales; Que, mediante el Informe Nº 343-2020-MDL-GAF/ SRH, de fecha 08 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Recursos Humanos, comunica la necesidad de encargar el puesto-funciones de Ejecutor Coactivo con la fi nalidad de cumplir con los procedimientos establecidos en el marco legal de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR TEMPORALMENTE, a partir de la fecha, a la Auxiliar Coactivo Abogada MARÍA ROXANA HONORES NIERI, las funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Lince. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 1892109-1