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7 NORMAS LEGALES Martes 13 de octubre de 2020 El Peruano / Designan Viceministro de Políticas y Evaluación Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2020-MIDIS Lima, 12 de octubre de 2020CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, la cual contempla el cargo de Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social; Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar al funcionario/a que ejerza dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Javier David Loza Herrera en el cargo de Viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1892822-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 DECRETO SUPREMO N° 309-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal d) del numeral 27.1 del artículo 27 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para el pago de las entregas económicas para el personal de la salud por el cumplimiento del tiempo de servicios, sepelio y luto y el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 015-2018-SA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;Que, los numerales 27.3 y 27.4 del artículo 27 del citado Decreto de Urgencia, señalan que para la aplicación de lo establecido en el referido numeral 27.1, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático de la Planilla Única de Pago del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; y que cuenten con el respectivo fi nanciamiento; y, para efectos de la implementación de las acciones del Decreto Legislativo N° 1153, durante el Año Fiscal 2020, el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los Gobiernos Regionales y las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo N° 1153, quedan exonerados de lo establecido en el artículo 6 del mencionado Decreto de Urgencia; Que, el numeral 27.5 del artículo 27 del Decreto de Urgencia N° 014-2019 autoriza al Ministerio de Salud, en el Año Fiscal 2020, a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales, así como a las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo N° 1153, de corresponder, con cargo a los recursos señalados en el numeral 27.1 del mencionado artículo; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última; asimismo, el numeral 27.6 del citado artículo 27, establece que las propuestas de decreto supremo correspondientes se presentan al Ministerio de Economía y Finanzas, a más tardar hasta el 15 de noviembre de 2020 y se publican hasta el 10 de diciembre de 2020; Que, mediante O fi cios N°s 766-2020-DM/MINSA y 3120-2020-SG/MINSA el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de las entregas económicas para el personal de la salud, por cumplir 25 o 30 años de servicio efectivo, Compensación por Tiempo de Servicios, sepelio y luto, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1153 y su Reglamento; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 20-2020-OBS-DIPLAN-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud, así como los Informes N°s 447 y 645-2020-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos respectivos; Que, a través del Memorando N° 1099- 2020-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1042-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que el costo de la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de las entregas económicas por cumplir 25 y 30 años de servicio efectivo, sepelio, luto y el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios correspondiente al personal de la salud, asciende a S/ 17 547 205,06 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCO Y 06/100 SOLES), para un total de 3 417 bene fi ciarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 17 547 209,00 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud, a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en artículo 27 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 17 547 209,00 (DIECISIETE