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10 NORMAS LEGALES Martes 13 de octubre de 2020 / El Peruano EDUCACION Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 416-2020-MINEDU Lima, 12 de octubre de 2020 VISTOS, el Expediente N° VMGI2020-INT-0116507, el Informe N° 00171-2020-MINEDU/SG-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y el O fi cio N° 00150-2020-MINEDU/VMGI del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; Que, con Resolución Ministerial N° 338-2020-MINEDU, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, en adelante, MOP del PEIP; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del MOP del PEIP, el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario depende del Viceministerio de Gestión Institucional; asimismo, el artículo 7 dispone que su máxima autoridad administrativa es el/la Director/a Ejecutivo/a, responsable de la Unidad Ejecutora a cargo del referido Proyecto Especial, designado por Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 359-2020-MINEDU se encargan las funciones de Directora Ejecutiva del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, a la señora KARINA PAOLA GINOCCHIO QUINTANA, en adición a sus funciones de Directora General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, el artículo 9 del Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 119-2020-EF, en adelante Reglamento de PEIP; establece los requisitos mínimos para ocupar el puesto de Director/a Ejecutivo/a; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.6 del artículo 6 del Reglamento de PEIP, se conformó el Comité encargado de la selección del Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial, integrado por un representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, y un representante del Ministerio de Educación; Que, mediante O fi cio N° 00150-2020-MINEDU/VMGI, el Viceministro de Gestión Institucional, en su calidad de Presidente del Comité encargado de la selección del Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial, informa que se seleccionó al señor DANTE JESUS CASTRO ARBALLO, para ocupar el puesto de Director Ejecutivo y solicita se dispongan las gestiones correspondientes para su designación; Que, mediante Informe N° 00171-2020-MINEDU/SG- OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos veri fi ca el cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa mencionada en los considerandos precedentes; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al señor DANTE JESUS CASTRO ARBALLO como Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 119-2020-EF, en el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial N° 338-2020-MINEDU; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor DANTE JESUS CASTRO ARBALLO como Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario. Artículo 2.- Déjese sin efecto --a partir de la fecha la Resolución Ministerial N° 359-2020-MINEDU. Regístrese y comuníquese, publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1892626-1 Aprueban el Documento Normativo denominado “Disposiciones que regulan la Evaluación del Desempeño en el cargo de Especialista en Educación de las Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial - 2020” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 194-2020-MINEDU Lima, 12 de octubre de 2020VISTOS, el Expediente N° 0103463-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 01099-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación de fi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en adelante la Ley, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, plani fi car, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y con fi abilidad; Que, el artículo 33 de la Ley, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, establece que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por el periodo de cuatro años; Que, el artículo 38 de la Ley, modi fi cado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, señala que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de su gestión; determinando su aprobación la continuidad en el mismo, y la desaprobación, su retorno al cargo docente; asimismo, dicho artículo señala que en