Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (13/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Martes 13 de octubre de 2020 / El Peruano Transportes y Comunicaciones, el Decreto de Urgencia N° 101-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias en materia económica y fi nanciera para que las municipalidades provinciales implementen sistemas de transporte sostenible no motorizado y dicta otras medidas; el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01 y sus modi fi catorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Guía de Implementación de Sistemas de Transporte Sostenible no Motorizado”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones 1892795-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas – IMIAPP 2020-2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el Sector Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2020-VIVIENDA Lima, 12 de octubre de 2020 VISTOS: Los Memorándums N° 1058-2020/ VIVIENDA-OGPP y N° 1111-2020-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Acta N° 3 y el Memorando N° 007-2020-VIVIENDA/CPIPCS del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento; el O fi cio N° 054-2020- EF/15.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; así como, facilita el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; y, promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; asimismo, este Ministerio tiene entre sus funciones generales, establecer mecanismos destinados a promover la participación de las asociaciones público privadas en la implementación de las políticas nacionales y sectoriales de su responsabilidad; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, declara de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA), para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas de infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; Que, los numerales 40.1 y 40.2 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, establecen que corresponde a la entidad pública titular del proyecto la priorización y desarrollo de los proyectos de APP y PA, y que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas – IMIAPP es el instrumento de gestión elaborado por cada entidad pública titular del proyecto, que tiene como fi nalidad identi fi car los potenciales proyectos de APP y PA, a fi n de ser incorporados al Proceso de Promoción en los siguientes tres (03) años a su elaboración; Que, los numerales 40.3 y 40.4 del artículo 40 del Reglamento en mención, establecen que la propuesta de IMIAPP es realizada por el órgano encargado de planeamiento de la entidad pública titular del proyecto, considerando las metas de cierre de brechas prioritarias establecidas en la Programación Multianual de Inversiones elaborada en el marco de las normas que regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y los lineamientos para el desarrollo del IMIAPP que emite el Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, que el Comité de Promoción de la Inversión Privada es responsable que el órgano encargado del planeamiento elabore el IMIAPP, para lo cual da conformidad a la propuesta presentada por dicho órgano; Que, los numerales 40.5 y 40.8 del artículo 40 del citado Reglamento disponen que el IMIAPP, sus modi fi caciones y actualizaciones, son aprobadas mediante Resolución Ministerial del sector; así como que en un plazo de (05) días hábiles posteriores a su aprobación, la entidad pública titular del proyecto debe publicar el mismo en su portal institucional y remitirlo a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1362, concordante con el artículo 41 de su Reglamento, dispone que de manera previa a la aprobación del IMIAPP, la entidad pública titular del proyecto solicita la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la modalidad de las Asociaciones Público Privadas y sobre la programación presupuestal multianual para asumir dichos proyectos; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2017- EF/68.01, se aprueban los “Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017”, y sus respectivos anexos, a fi n de orientar la elaboración de dicho informe; Que, con Resolución Ministerial N° 277-2019-VIVIENDA se crean los Comités de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento, y en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1362; Que, de acuerdo a los documentos de los vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la propuesta de Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas - IMIAPP 2020-2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el Sector Saneamiento, la misma que cuenta con la conformidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento; Que, con O fi cio N° 054-2020-EF/15.01, el Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Memorando N° 074-2020-EF/68.03 de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, que adjunta el Informe N° 068-2020-EF/68.03, el cual consolida la opinión institucional del Ministerio de Economía y Finanzas y emite opinión favorable a la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en