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55 NORMAS LEGALES Domingo 18 de octubre de 2020 El Peruano / CÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓNMULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE MEDIDA CORRECTIVAGRADUALIDAD 01-0203Por realizar la venta, comercialización o acto gratuito de entrega de bebidas alcohólicas, así como cigarrillos en menos de diez (10) unidades en espacios públicos0.25 Retención L (...) 01-0205Por ejercer el comercio o actividad económica en los espacios públicos incumpliendo las indicaciones, disposiciones y/o condiciones descritas en la autorización emitida por la Municipalidad distintas a la ubicación, giro y horario.0.10 Retención L 01-0206Por permitir que un tercero no autorizado ejerza el comercio ambulatorio en su reemplazo, utilizando indebidamente laAutorización Municipal otorgada0.10 Retención L 01-0207Por no cumplir el módulo con las especi ficaciones técnicas establecidas por la Autoridad Municipal competente.0.06 Retención L 01-0208Por abarrotar con mercadería que sobrepase la volumétrica del módulo de venta autorizado.0.10 Retención L 01-0209Por obstruir el paso de los peatones y/o la visibilidad de los conductores de vehículos derivados de su actividad0.10 Retiro L 01-0210Por ocupar la vía pública para apilar y/o embalar mercadería.0.10 Retiro L 01-0211Por desarrollar el servicio de estiba (carga) y desestiba (descarga) manual o mecánica de mercadería y/o similares, sin respetar el horario, la altura o el peso establecidos en la normatividad vigente.0.10 Retiro L (…)” Artículo 2. Modi fi cación de Infracciones y Sanciones Administrativas en el Anexo 16: Cuadro de Infracciones de la Ordenanza N o 2195 Modifíquese los Códigos 10-0210, 10-0211, 10-0212, 10-0213, 10-0214, 10-0215, 10-0218, 10-0223, 10-0225 y 10-0301 del Anexo 16: Cuadro Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, aprobado por Ordenanza N o 2195, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: CÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIONMULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE MEDIDA CORRECTIVAGRADUALIDAD (...) 10-0210Por ejercer el comercio con kioskos fijos o módulos móviles sin autorización sobre los espacios públicos.0.30Retiro y/o DecomisoL 10-0211Por ejercer el comercio ambulatorio no autorizado bajo cualquier modalidad sobre los espacios públicos.0.30Retención y/o DecomisoLCÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIONMULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE MEDIDA CORRECTIVAGRADUALIDAD 10-0212Por hacer uso del espacio público como expansión de una actividad comercial formal incumpliendo lo autorizado.0.50Retención y/o Retiro y/o clausura hasta subsanarL 10-0213Por realizar cualquier tipo de instalación de equipos de audio, video o similares en el espacio público autorizado como expansión de un comercio formal.Por elemento: 0.05Retiro y/o AdecuaciónL 10-0214Por instalar cualquier tipo de módulo o equipo para la preparación de alimentos en el espacio público autorizado como expansión de un comercio formal.Por elemento y/o conjunto: 0.05Retiro y/o AdecuaciónL 10-0215Por instalar cualquier tipo de cubierta sobre un espacio público autorizado como expansión de un comercio formalPor elemento: 0.10Retiro y/o AdecuaciónL (….) 10-0218Por ejercer la actividad económica en módulos en mal estado de conservación sin mantenimiento.0.15Retención y/o RetiroL (...) 10-0223Por ejercer el comercio o actividad económica en los espacios públicos, no cumpliendo la ubicación y/o el horario y/o el giro permitido por la Autoridad Municipal competente.0.10Retiro y /o RetenciónL (...) 10-0225Por abarrotar con mercadería, que sobrepase la volumétrica del módulo de venta autorizado0.15 Retención L (...) 10-0301Por ejercer el comercio en la vía pública en un módulo de venta que no cumpla con las especi ficaciones técnicas establecidas por la Autoridad Municipal competente.0.20 Retención L DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Actualícese las infracciones administrativas del RUBRO 10: CENTRO HISTÓRICO DE LIMA del anexo 16: Cuadro Infracciones y Sanciones Administrativas del Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, conforme con lo dispuesto en el Artículo 2 de la Presente Ordenanza. Segunda. Encárguese a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, el mismo día de su publicación. Tercera. La presente Ordenanza entra en vigencia el día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde de Lima 1894183-2