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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (23/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 136

136 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2020 / El Peruano 1. Matrimonio Civil, (puede ser también en forma virtual la ceremonia en caso excepcional y/o estado de emergencia, de lunes a viernes de 9.00 a.m. a 2.00 p.m.) Artículo Segundo.- ESTABLECER que la celebración del Matrimonio Civil se llevará a cabo mediante medios electrónicos con la participación de la autoridad celebrante, de los contrayentes y de los testigos conforme a ley, mediante la plataforma virtual señalada por la municipalidad, para tal efecto se implementará una plataforma digital técnicamente adecuada en calidad y sonido. Artículo Tercero.- PRECISAR que el matrimonio civil surtirá efectos una vez que el acta sea fi rmada por la autoridad celebrante, de los contrayentes y de los testigos conforme a ley. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que para los expedientes que se encuentran pendientes de celebración del matrimonio y que han cumplido con los requisitos y plazos correspondientes podrán adecuarse para la celebración del matrimonio civil de manera virtual conforme a ley. Artículo Quinto.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias.Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Registros Civiles y a la Gerencia de Sistemas quien implementara la plataforma digital técnicamente adecuada e idónea para la celebración virtual del Matrimonio Civil. Artículo Sétimo.- El presente Decreto será publicado en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Octavo.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Artículo Noveno.- Notifíquese el presente Decreto a las instancias que corresponda para los fi nes de su cumplimiento. POR TANTO, MANDORegístrese, publíquese y archívese.Dado en Palacio Municipal, Trujillo, a los 13 días del mes de octubre del 2020. JOSE PRUDENCIO RUIZ VEGA Alcalde 1896277-1 COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES